¿Obligatoria la presentación de aviso de modificación de salario en prorrateo por pluralidad de patrones
Recientemente obtuvimos del área de Afiliación-Vigencia de la subdelegación del IMSS correspondiente a nuestro domicilio, la autorización para pagar a prorrata las cuotas obrero-patronales de uno de nuestros colaboradores que simultáneamente presta sus servicios a otras dos empresas. El contar con esta autorización, ¿nos exime de la obligación de presentar el aviso de modificación salarial correspondiente
Ni la Ley del Seguro Social ni sus reglamentos prevén alguna excepción respecto a la comunicación de avisos afiliatorios en los casos de autorización de pago a prorrata de las cuotas de trabajadores que prestan sus servicios a dos o más patrones, por tanto la empresa está obligada a presentar el aviso de modificación salarial correspondiente dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la autorización en comento, aun cuando fuese a la baja el salario base de cotización (artículos 15, fracción I y 34, fracción I de la Ley del Seguro Social).