Bajas por fusión de empresas

Bajas por fusión de empresas

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 .  (Foto: IDC online)

Nuestra empresa ubicada en Tlalnepantla, Estado de México absorbió, por fusión a otra compañía situada en el municipio de Tlaquepaque, Jalisco, y al acudir a la subdelegación de esa demarcación para presentar el aviso de sustitución patronal respectivo, nos comentan que debemos dar de baja el registro patronal de Tlaquepaque y el de los trabajadores, para posteriormente darlos de alta en el registro patronal del Estado de México, criterio con el cual estamos en desacuerdo, pues la empresa de Tlaquepaque seguirá operando normalmente. ¿Cuál es el trámite correcto

Presentar el aviso de sustitución patronal en Tlaquepaque, en virtud de que hubo transmisión de bienes y no desapareció el centro de trabajo de ese lugar, por eso hay sustitución patronal, de ahí que resulte incorrecta la presentación de los avisos de baja del patrón y de los trabajadores afectos al centro laboral ubicado en Tlaquepaque.

Finalmente, cabe comentar que el plazo legal para cumplir con esta obligación es dentro de los cinco días hábiles siguientes a aquél en que ocurra el hecho (artículos 290, fracción I de la Ley del Seguro Social y 16 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización).