Créditos fiscales derivados de una visita domiciliaria ¿impugnables en un sólo medio de defensa
Pretendemos impugnar vía recurso de inconformidad, 15 cédulas de liquidación de cuotas obrero-patronales recientemente notificadas a la empresa, derivadas de la visita domiciliaria que nos practicó el Seguro Social por los últimos cinco años. ¿Debemos promover un recurso por cada crédito, o uno que incluya todos los créditos determinados y notificados
Como las cédulas de liquidación en comento son un acto definitivo y resultado de un sólo acto de fiscalización (visita domiciliaria), la empresa podrá impugnar dichas cédulas en un medio de defensa único, ?recurso de inconformidad o juicio de nulidad? (artículos 294 y 295 de la Ley del Seguro Social), contrario a lo que sucede cuando las cédulas de liquidación provienen de diversos actos de fiscalización del Instituto, supuesto en el cual la empresa inconforme debe interponer un recurso de inconformidad o juicio de nulidad por cada crédito (esto es, por cada cédula notificada).