Cuantía máxima de recargos

Cuantía máxima de recargos

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 .  (Foto: IDC online)

Cuantía máxima de recargos para efectos del IMSS

Como resultado de la práctica de una visita domiciliaria por el ejercicio de 1999, el IMSS nos determinó un adeudo donde el importe de recargos a pagar es más alto que el valor histórico de las cuotas, lo cual consideramos extremadamente gravoso, pues en este momento no contamos con la liquidez financiera necesaria para hacerle frente a tal obligación, ¿no existe algún límite máximo en cuanto al monto de recargos que puede ser cobrado por esta autoridad

En términos de los artículos 9o, segundo párrafo de la Ley del Seguro Social y 21, segundo párrafo del Código Fiscal de la Federación, el Seguro Social como toda autoridad fiscal, puede exigir a los patrones el pago de recargos hasta por un término de cincos años, los cuales son causados desde el día en que debió hacerse el pago y hasta el día de su realización, y calculados sobre el adeudo actualizado, por ello legalmente su importe puede ser superior al crédito original, sin existir lamentablemente un tope máximo respecto a su cuantía, porque el propósito de su imposición es precisamente sancionar el retraso en el cumplimiento oportuno de las obligaciones de pago, así como resarcir el posible daño causado al Instituto por dicho incumplimiento.