Notifican multa en domicilio diverso

Notifican multa en domicilio diverso

.
 .  (Foto: IDC online)

Recientemente el IMSS nos notificó en el domicilio fiscal de una de nuestras obras, una cédula de liquidación de multa por omisión en el pago de las cuotas de septiembre pasado, acción que consideramos ilegal, porque la notificación debió efectuarse en el domicilio fiscal de la constructora. ¿Qué podrían  comentarnos al respecto

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 9o, penúltimo párrafo, 40, penúltimo párrafo de la Ley del Seguro Social y 136 del Código Fiscal de la Federación, la notificación de todo acto administrativo que afecte la esfera jurídica del patrón (como la multa en comento) debe efectuarse en el último domicilio que éste hubiese manifestado al Área de Afiliación-Vigencia de la subdelegación de su registro patronal, esto es, a través del Afil- 01, Aviso de inscripción patronal o de modificación en su registro, y no en el Afil-15, Aviso de notificación del domicilio de la obra presentado en la subdelegación correspondiente a la ubicación de las obras por ejecutar.

Con base en todo lo anterior, se concluye que, resulta ilegal la notificación efectuada por el Instituto, en consecuencia la empresa puede impugnar la multa, bajo el argumento de la ilegalidad de la notificación ante el Consejo Consultivo Delegacional correspondiente, vía recurso de inconformidad, o bien, juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en términos de los artículos 294 y 295 de la Ley del Seguro Social.