Premios por puntualidad y asistencia

Premios por puntualidad y asistencia

.
 .  (Foto: IDC online)

Como parte de nuestro paquete de estímulos y prestaciones al personal, a partir de enero próximo otorgaremos premios por puntualidad y asistencia. Por lo que nuestro gerente administrativo nos encomendó implementar un sistema de control de asistencia y puntualidad del personal a fin de que las cantidades entregadas por estos conceptos no integren para efectos del Seguro Social, criterio con el cual no estamos de acuerdo. ¿Qué podrían comentarnos al respecto

La Ley del Seguro Social no establece como requisito para exceptuar de integración salarial a los conceptos en comento, el contar con controles de asistencia y puntualidad; sin embargo, resulta indispensable su empleo, porque su sola exhibición permite a las empresas demostrar fidedignamente al Seguro Social o a cualquier otra autoridad laboral, cuáles de sus colaboradores satisficieron las condiciones establecidas para el otorgamiento de estos premios, y así evitar la presunción de que no derivan de un estímulo, sino que son salario disfrazado, cuya consecuencia sería su integración al salario base de cotización de los trabajadores.