Semana reducida ¿cotiza todos los días?

Semana reducida ¿cotiza todos los días?

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 .  (Foto: IDC online)

Trabajadores con semana reducida ¿cotizan todos los días del mes

Como resultado de una visita de auditoría del Seguro Social, nos vimos obligados a afiliar a todos aquellos profesores que nos prestan sus servicios de manera subordinada ciertos días de la semana, ¿estamos obligados a cubrir las cuotas obrero-patronales de todo el mes, o únicamente de los días laborables

En términos de los artículos 29, fracción I y 39 de la Ley del Seguro Social, las cuotas obrero-patronales se causan por mes natural vencido, sin excepción alguna, en tal virtud, los trabajadores que laboran por semana reducida cotizan todos los días del mes, con la única diferencia que su base de cotización se determina dividiendo el total de los salarios percibidos por cada unidad de tiempo en una semana, entre siete, de acuerdo con el artículo 62 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.