Servicios médicos en la empresa

Servicios médicos en la empresa

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 .  (Foto: IDC online)

Nuestro nuevo gerente administrativo nos señala que debemos inscribir ante el Seguro Social a un médico quién en determinados días de la semana acude a nuestras instalaciones a realizar ciertas revisiones médicas a los trabajadores, así como a impartirles pláticas de primeros auxilios, prevención de riesgos de trabajo, y en general todo lo relacionado con la protección de su salud, porque independientemente de cubrirle honorarios, la empresa le asigna los días de servicio, el lugar de labores y trabajos como la entrega de reportes de actividades realizadas, generándose así una relación subordinada. ¿Es correcto

Para que una persona sea considerada como sujeto de afiliación al IMSS, necesariamente debe estar vinculada a otra mediante una relación de trabajo, esto es, que se configure entre las partes (patrón-trabajador) la subordinación ?poder de mando y deber de obediencia? ( artículo 12, fracción I de la Ley del Seguro Social).

Concatenando esta disposición con el caso planteado, existe entre el médico y la empresa una relación de trabajo bajo la modalidad de semana reducida, al existir un reporte de actividades realizadas, y una supervisión pasiva del servicio prestado, y deberá determinar su salario base de cotización dividiendo entre siete, el total de los salarios percibidos por su labor en una semana, más el monto de las prestaciones legales a que tiene derecho (aguinaldo, prima vacacional) y la parte proporcional del séptimo día, según el numeral 62, fracción II del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.