Afiliación de patrón como trabajador

Afiliación de patrón como trabajador

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 .  (Foto: IDC online)

¿Es posible que un patrón persona física con actividad empresarial pueda cotizar como trabajador ante el IMSS y a su vez inscribir como trabajadores a su cónyuge y hermanos y ¿cuál es el fundamento legal

Un patrón persona física no puede auto afiliarse (como trabajador) al Régimen Obligatorio del Seguro Social, en virtud de que no se configura la subordinación ?poder de mando y deber de obediencia entre el patrón y trabajador?, elemento esencial para ser sujeto de aseguramiento, según lo dispuesto en el artículo 12, fracción I de la Ley del Seguro Social (LSS).

Sin embargo, los preceptos 13, fracción IV, del 222 al 233 de la LSS y 78 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, disponen que los patrones personas físicas con trabajadores a su servicio pueden recibir algunas de las prestaciones institucionales mediante la contratación de un seguro especial de incorporación voluntaria al Régimen Obligatorio del Seguro Social, ello con independencia de la actividad que desarrollen.

En torno a la afiliación de los familiares del patrón, es importante señalar que ésta procederá, siempre y cuando, exista entre las partes una relación laboral (artículo 12, fracción I de la Ley en cita).