Cotizaciones con un mismo patrón

Cotizaciones con un mismo patrón

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 .  (Foto: IDC online)

El Seguro Social al momento de expedir el certificado de incapacidad prenatal a una de nuestras colaboradoras, le comentó que no se le va a pagar el subsidio correspondiente, en virtud de que en nuestra empresa cotizó menos de 30 semanas. ¿Es procedente tal determinación

No es procedente, en virtud de que el artículo 102, fracción I de la Ley del Seguro Social (LSS), señala como requisito tener por lo menos 30 semanas en los últimos 12 meses, sin precisar si es con un mismo patrón o con diferentes, de ahí que donde la Ley no distingue, no se tiene por qué distinguir, por tanto bastará con que la trabajadora sume sus cotizaciones del período en comento, y si alcanza el mínimo señalado, el Instituto tiene la obligación de cubrirle el subsidio aun cuando éstas no se hubiesen derivado de una sola empresa.