Fusión de sociedades ¿sustituyen patrón?

Fusión de sociedades ¿sustituyen patrón?

.
 .  (Foto: IDC online)

Aprovechando que desarrollamos el mismo giro mercantil, el próximo 1o de abril nos fusionaremos con tres empresas de nuestro mismo grupo, donde nosotros seremos la fusionante y cambiaremos de razón social. Con este movimiento ¿se configura la sustitución patronal para efectos del Seguro Social? y ¿qué avisos afiliatorios debemos de presentar como fusionante ante el IMSS e Infonavit ?

Como en toda fusión existe una transmisión de bienes y la empresa fusionante empleará esos bienes para continuar el giro empresarial de las fusionadas, existe una sustitución patronal para efectos del Seguro Social, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 290, fracción I de la Ley del Seguro Social.

La empresa fusionante deberá elaborar y presentar en original y copia ante el Área de Afiliación-Vigencia de Derechos de la subdelegación correspondiente al domicilio de su registro patronal, un escrito libre señalando el porqué de la sustitución patronal y la fecha en la cual surte sus efectos el movimiento, adjuntado en original y copia los formatos AFIL-01, Aviso de Inscripción Patronal o de su Modificación en su Registro y Afil-02, Aviso de inscripción de los trabajadores de las empresas fusionadas (los cuales debieron ser dados de baja con anterioridad) debidamente requisitados, así como de la siguiente documentación para cotejo:

  • tarjeta de identificación patronal;
  • poder notarial del representante legal;
  • acta constitutiva que avale la fusión de las empresas;
  • documento donde conste la inscripción del acta en el Registro Público de la Propiedad, y
  • R2, Aviso al Registro Federal de Contribuyentes. Cambio de situación, presentado ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

 Al presentar el aviso de sustitución patronal por fusión al IMSS, automáticamente se le está notificando al Infonavit de este hecho, ello derivado de la homologación en los procedimientos afiliatorios, en términos del artículo 5o del Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.