Inversión de cuenta individual

Inversión de cuenta individual

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 .  (Foto: IDC online)

No obstante que a partir del 27 de mayo de 2004, fecha en que entró en vigor la Circular Consar 15-12, mediante la cual se dan a conocer las Reglas generales que establecen el régimen de inversión al que deberán sujetarse las Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro (Siefore), se abrió la posibilidad para las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afore) de operar entre otros tipos de Sociedades de Inversión, la Básica 1 y la Básica 2, precisándose que los recursos de los trabajadores de 56 años o más, se invertirán en la Siefore Básica 1, y menores de 56 años, podrán elegir en qué tipo de Siefore invertirán, aún no ha quedado muy claro el porqué de estos cambios en el régimen de inversión, ni tampoco el tipo de información que deberán recibir los trabajadores; por ello, a continuación se reproducen algunas de las consideraciones de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) puestas a disposición del público en general en su página web: www.consar.gob.mx.

¿Por qué modificar el Régimen de Inversión de las Siefore

Si partimos de que el objetivo del Sistema de Ahorro para el Retiro basado en cuentas individuales, es generar mejores pensiones para el mayor número de trabajadores, y de las tres variables determinantes del saldo de la cuenta individual para una pensión (aportaciones, comisiones y rendimientos) la de mayor impacto es el rendimiento que pueden producir las Afore para sus trabajadores, el reto del sistema es alcanzar una buena combinación de atractivos rendimientos y comisiones competitivas.

Aun cuando en los últimos años los fondos de inversión de las Afore han otorgado a los trabajadores altos rendimientos, en concreto más de $150?000,000,000.00 (ciento cincuenta mil millones de pesos), el desafío actual es mantener esa redituabilidad a pesar de la disminución sensible de las tasas de interés en México.

Por ello, para contrarrestar estos efectos, las representaciones de los trabajadores, patrones, el Gobierno Federal, y la Consar, determinaron ampliar las oportunidades de inversión para las Siefore, autorizando a las Afore a invertir en nuevos instrumentos financieros que pudiesen garantizar a los trabajadores mayores rendimientos con una alta seguridad en su ahorro.

¿Cuáles son las principales modificaciones del régimen de inversión

Tradicionalmente, en cada Afore existía un solo fondo de inversión o Siefore básica donde se llevaba a cabo el proceso de inversión.

Ahora, en cada Afore, habrá dos tipos fondos de inversión (Siefore 1 y Siefore 2), las cuales ofrecerán a los trabajadores diferentes alternativas de inversión, de acuerdo con su preferencia y edad.

Por lo anterior, ambas Siefore tendrán la opción de invertir en valores internacionales de deuda, pero tendrán las siguientes limitantes:

  • la Siefore 1 quedará libre de notas con capital protegido e invertirá, por lo tanto, en los valores tradicionales, además de los valores internacionales con carácter de instrumentos de deuda, y
  • la Siefore 2, adicionalmente tendrá la opción de invertir en notas con capital protegido al vencimiento (instrumentos de inversión que ofrecen mayores rendimientos) ligado a índices accionarios, ya sea nacionales o internacionales.

Lo anterior se esquematiza de la siguiente forma:

Ver imagen de inversión de la AFORE  ¿Porqué invertir en notas con capital protegido al vencimiento

Porque son instrumentos de inversión idóneos para alcanzar mayores rendimientos. Se caracterizan por proteger al capital original al vencimiento y ofrecer adicionalmente la posibilidad de lograr mejores rendimientos ligados a los índices accionarios más reconocidos del mundo, lo que implica la oportunidad de invertir en las empresas más grandes e importantes del país y del exterior.

Con dichos instrumentos se busca un rendimiento adicional a través de la inversión en índices accionarios, una opción de inversión que históricamente, visto en un horizonte de mediano plazo, ha resultado superior a las opciones de ahorro tradicionales.

¿Cuál es el motivo por el que se pensó en invertir en instrumentos internacionales

Porque contribuirá a abrir el abanico de opciones de inversión, tanto para buscar alternativas más rentables, como para evitar los inconvenientes de la concentración.

¿Cuál es el límite para invertir en estos instrumentos

El límite para la inversión en valores internacionales es del 20% del total del portafolio de las Siefore, y fue fijado por el Congreso de la Unión en las reformas a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro del 10 de diciembre de 2002.

 ¿Ambos tipos de Siefore podrán invertir en estos valores

Como ya se comentó, las Siefore 1, solamente invertirán en valores internacionales de deuda. Los instrumentos de deuda permitidos serán títulos emitidos por gobiernos y empresas con alta calificación crediticia, mientras que las Siefore 2 podrán invertir en instrumentos de deuda internacional, además de notas con capital protegido ligadas con los índices accionarios más importantes del mundo.

¿Qué información recibirán los trabajadores de hasta 56 años en torno a estos cambios

A partir de la última semana de agosto, y durante un lapso de 30 días naturales, las Afore mediante correo certificado, enviarán a sus trabajadores afiliados de esta edad, un folleto explicativo del detalle de las modificaciones al régimen de inversión, esto es, se les hará de su conocimiento que:

  • sus recursos que hasta ahora han estado invertidos en la Siefore tradicional, a partir del 31 de diciembre lo estarán en la Siefore 2, quien les ofrecerá nuevas alternativas de inversión, y
  • nacerá una nueva Siefore, la número 1, la cual mantendrá un criterio de inversión más conservador que la 2.

De ahí que su ahorro permanecerá invertido en la Siefore 2, hasta en tanto no notifiquen a su Afore su deseo de tener otro régimen de inversión.

Para garantizar que la información que reciba el trabajador sea fácil de entender, participarán en su elaboración las representaciones de los trabajadores y patrones, así como la del gobierno.

Después de conocer los nuevos regímenes de inversión ¿qué deben hacer estos trabajadores

Si están de acuerdo en conservar sus recursos en la Siefore 2, no deberán realizar ningún trámite.

Si desean hacer algún cambio, deberán llenar el ?formato de selección? y notificar a su Afore su deseo de cambiar de Siefore, enviando dicho formato en el sobre con porte pagado que recibirán con el folleto explicativo. Al recibir la Afore la información, transferirá el ahorro del trabajador a la nueva Siefore 1.

¿Cuánto tiempo tendrán los trabajadores para manifestar su decisión

60 días naturales, una vez recibido el folleto explicativo para tal efecto.

¿Qué información recibirán los trabajadores de más 56 años

Como el horizonte de inversión de un trabajador de más de 56 años es diferente, al estar más cerca de su retiro, los Órganos de Gobierno de la Consar determinaron que lo más conveniente sería asignarlos a la Siefore 1.

Por ello, el trabajador de más de 56 años recibirá información respecto a los cambios en el régimen de inversión, pero no tendrá que enviar ninguna información a su Afore porque su ahorro automáticamente se invertirá en la Siefore 1.

En el caso de los trabajadores que no han elegido Afore, las administradoras a quienes les fue asignada su cuenta individual, están obligadas a registrar sus recursos en la referida Siefore.

De no recibir oportunamente  esta información ¿qué deben hacer los trabajadores

Deberán llamar a su Afore, o al Centro Telefónico del Sistema de Ahorro para el Retiro al número 01-800-5000-747.

Transcurrido el plazo para manifestar la decisión tomada por los trabajadores ¿qué ocurrirá

Una vez transcurrido el plazo de 60 días, los dos fondos (de las Siefore1 y 2) empezarán a operar gradualmente en el nuevo régimen de inversión.

Iniciado el proceso de inversión en las nuevas alternativas, los trabajadores de hasta 56 años y aquellos que no han elegido Afore (asignados) tendrán en todo momento el derecho a elegir la Siefore de su preferencia sin restricción y sin costo alguno.

¿Existen otros elementos que deban considerar los trabajadores derivados de estas modificaciones

Por supuesto, y consisten en que:

  • las nuevas alternativas de inversión no tendrán costo adicional, porque el cambio de Siefore no implica un cambio de Afore, ni pago de alguna comisión adicional;
  • las nuevas inversiones estarán vigiladas de forma diaria y estricta por la Consar, y
  • para obtener información adicional podrán consultar:
    • al Centro de Atención Telefónica del Sistema de Ahorro para el Retiro: 52 69 02 05 (DF) y 01 800 5000 747 en el interior de la república;
    • la página de Internet: www.consar.gob.mx, o
    • a la Afore donde esté registrado cada trabajador:

Ver Lista de Teléfonos de Afores:
 

Afore Teléfonos
Azteca Lada sin costo 01 800 236 73 29 y 20
Bancomer 56 24 11 66 en el DF y lada sin costo 01 800 112 23 33
HSBC (Allianz) 1 52 30 59 06 en el DF y lada sin costo 01 800 714 92 96
ING (Bital) 51 69 30 30 y 52 09 18 18 en el DF y lada sin costo 01 800 904 17 00
Profuturo GNP (Previnter) 52 78 62 98 y 52 78 62 96 en el DF y lada sin costo 01 800 71 55 555
Siglo XXI 55 59 22 10 en el DF y lada sin costo 01 800 849 21 21
Notas:
1 La fusión de Principal y Zurich se llevó a cabo el 1o de agosto del 2002.
1 La fusión de Principal y Tepeyac se llevó a cabo el 1o de abril de 2003, y
2 Las Afore Bital y Allianz Dresdner sólo cambiaron de razón social por ING y HSBC, respectivamente