Notificación de órdenes de visita

Notificación de órdenes de visita

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 .  (Foto: IDC online)

Con el propósito de que los patrones tengan la certeza jurídica de que las visitas domiciliarias efectuadas por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) se desarrollan conforme a derecho, la Coordinación de Atención al Contribuyente de éste, precisa en la recientemente emitida Carta de Derechos y Deberes del Patrón Auditado de Visita Domiciliaria, entre otros aspectos, que el personal del Instituto en la diligencia de notificación de la orden de visita, deberá exhibir al visitado la siguiente documentación:

  • constancia de identificación y habilitación de visitador, emitida por el titular de la Delegación o Subdelegación del IMSS, según corresponda. La constancia deberá ser exhibida al patrón, representante legal o tercero al momento de la entrega de la orden de visita domiciliaria; hecho que se hará constar en el acta parcial de inicio que al efecto se levante;
  • carta de derechos del patrón auditado, ésta deberá entregarse al patrón, representante legal o tercero, según sea el caso, al momento de la entrega de la orden de visita domiciliaria, con el objeto de que éste conozca en términos generales cuales son sus derechos y deberes como visitado, así como las facultades de los visitadores, horario y plazo en que se debe practicar la visita, levantamiento de las actas parciales y final, etc., y
  • citatorio de entrega de la orden de visita, documento emitido en caso de que el visitador no hubiese encontrado al patrón o a su representante legal en su domicilio fiscal, y por ende le fue imposible entregarle la orden de visita.