Fenece entrega de aviso de dictamen IMSS

Fenece entrega de aviso de dictamen IMSS

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 .  (Foto: IDC online)

Aquellos patrones que estén obligados u opten por dictaminar voluntariamente el cumplimiento de sus obligaciones en materia de Seguro Social por el ejercicio 2004, deberán presentar a más tardar el próximo 29 de abril, ante el Departamento de Auditoría a Patrones de la subdelegación correspondiente a su domicilio fiscal, en original y dos copias el formato DICP-02, Aviso de dictamen para efectos del Seguro Social, con las firmas autógrafas del patrón o de su representante legal y del dictaminador.

Además del aviso anterior, los patrones que cuenten con más de un registro patronal, deberán presentar el formato DICP-02 A1, Anexo 1 Para patrones con más de un registro patronal debidamente requisitado, y aquellos que solicitaron la asignación de un registro patronal único exhibirán el formato DICP-02 A2, Anexo 2 Para patrones con Registro Patronal Único.

En el caso de los patrones de la industria de la construcción, deberán presentar el aviso en comento, ya sea por el período (ejercicio completo) o bien, por cada una de sus obras, supuesto donde el lapso a dictaminar será el que comprenda la ejecución completa de la obra.

A estos formatos se les adjuntará copia fotostática de la siguiente documentación:

  • primer dictamen:
    • acta constitutiva y sus respectivas modificaciones;
    • Afil-01, ?Aviso de inscripción patronal o de su modificación en su registro?, o de la tarjeta de identificación patronal de cada uno de los registros a dictaminar, o carta de aceptación, en caso de contar con el registro patronal único;
    • poder general para pleitos y cobranzas del representante legal, tra-
      tándose de patrón persona moral;
    • identificación oficial del representante legal (credencial de elector, cartilla del Servicio Militar Nacional o pasaporte vigente), y
    • original y copia simple para cotejo de la credencial expedida por el IMSS del contador público autorizado, y
  • dictamen subsecuente:
    • poder general para pleitos y cobranzas del representante legal, en caso de ser patrón persona moral, o por cambio de representante legal;
    • identificación oficial del representante legal (credencial de elector, cartilla del Servicio Militar Nacional o pasaporte vigente), en caso de cambio de representante legal, y
    • original y copia simple para cotejo de la credencial expedida por el IMSS del contador público autorizado.

El aviso presentado se entenderá por aceptado si en un término de 15 días hábiles contados a partir de su fecha de recepción, no recae notificación al respecto.

Lo anterior, de conformidad con los artículos 156 y 157 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.