Promedio de trabajadores para dictaminar

Promedio de trabajadores para dictaminar

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 .  (Foto: IDC online)

De conformidad con los artículos 16, primer párrafo de la Ley del Seguro Social y 152 del Reglamento de la Ley del Seguro
Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, aquellos patrones que cuenten con un promedio anual de 300 o más trabajadores en el ejercicio fiscal anterior (en este caso 2004) están obligados a dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones en materia de Seguro Social de ese mismo ejercicio.

Para determinar ese promedio, los patrones tendrán que:

  • sumar el total de trabajadores que cada mes les prestaron sus servicios, y
  • dividir el resultado entre 12.

Los patrones que tengan varios centros laborales, y por ende diversos registros patronales ante el Seguro Social, para realizar el cálculo en comento, deberán considerar el total de trabajadores que laboraron en esos centros durante el 2004.