Modificaciones a las primas de seguros

Modificaciones a las primas de seguros

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 .  (Foto: IDC online)

En razón del artículo Decimonoveno Transitorio de la Ley del Seguro Social vigente y al Acuerdo del Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social 692/99, en el Seguro de Enfermedades y Maternidad las primas aplicables del 1o de enero al 31 de diciembre de este año para las prestaciones en especie, en la cuota fija se incrementa 65 centésimas de punto porcentual y disminuye 49 centésimas de punto porcentual en la cuota adicional, para quedar como sigue:

PRESTACIONES CUOTAS BASE SALARIAL
PATRÓN TRABAJADOR TOTAL
Cuota fija por cada trabajador hasta por tres veces el salario mínimo general diario vigente en el DF 19.10% 0.00% 19.10% Salario mínimo general diario vigente en el DF
Cuota adicional 2.08% 0.72% 2.80% Diferencia entre el salario base de cotización y tres veces el salario mínimo general diario vigente en el DF


En el caso de los patrones que manejan el Sistema Único de Autodeterminación, los incrementos señalados se actualizan automáticamente, por lo cual no tendrán que realizar ningún cambio; sin embargo, aquellos que utilizan la propuesta de cédula de determinación elaborada y entregada por el Instituto para el pago de sus cuotas, deberán considerar las modificaciones vigentes a partir de enero de 2006.