Se eliminan las comisiones sobre flujo

La SHCP dio a conocer el Decreto por el que se adicionan y reforman diversos artículos de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro

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 .  (Foto: IDC online)

El 15 de junio de 2007, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se adicionan y reforman diversos artículos de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (SAR), que en lo general entró en vigor el 16 de junio y del cual se destaca lo siguiente:

  • el rendimiento neto es el indicador que refleja los rendimientos menos las comisiones que hubiesen adquirido los trabajadores por la inversión de sus recursos en las Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro (Siefore)
  • la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) tiene la facultad de determinar la forma en que las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afore) remunerarán a sus agentes promotores, según la relación que los una;
  • aumenta a cinco el número de los vocales integrantes de la Junta de Gobierno de la Consar y establece que habrá quórum con la presencia de nueve de los miembros de este órgano colegiado
  • elimina el cobro de las comisiones sobre el flujo de la cuenta individual administrada por la Afore (vigente a partir del 16 de marzo de 2008)
  • sólo pueden cobrarse comisiones por la administración de las cuentas como un porcentaje sobre el valor de los activos administrados (en vigor a partir del 16 de marzo de 2008)
  • señala los requerimientos que debe cumplir la persona que funja como director general de una Afore
  • permite a los trabajadores traspasar su cuenta individual a una Afore antes de un año, desde que se registró o desde la última vez en que hubiese traspasado su cuenta, cuando las Siefore de la Afore a la que traspase sus recursos hubiesen registrado un mayor rendimiento neto en el período de cálculo inmediato anterior. En este caso el trabajador está obligado a permanecer al menos 12 meses en la Afore elegida (aplicable a partir del 16 de marzo de 2008)
  • asigna las cuentas individuales de los trabajadores que no hubiesen elegido Afore a las de mayor rendimiento neto y no a las que cobren comisiones más bajas como anteriormente se contemplaba.