Cambios al Registro Patronal Único

Cambios al Registro Patronal Único

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 .  (Foto: IDC online)

El pasado 2 de enero, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) dio a conocer, a través del Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo del Consejo Técnico número 480/2006 por medio del cual se modifican diversos aspectos de su similar 325/2003 referente a los Lineamientos para la asignación del Registro Patronal Único (RPU).

Los cambios consisten en que:

  • el representante legal del patrón que solicite la asignación del RPU, deberá acudir, entre marzo y diciembre del año que se trate, a la Delegación del IMSS correspondiente a su domicilio fiscal, y

a partir de que el RPU inicie su operación, el patrón deberá revisar anualmente su siniestralidad para los períodos subsecuentes por cada uno de sus registros asociados y posteriormente fijará la prima correspondiente, conforme a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.

Lo dispuesto en este documento entró en vigor el mismo 3 de enero.