Pague a tiempo el primer bimestre 2008

El pago de las aportaciones y amortizaciones debe efectuarse con las cuotas del Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez

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 .  (Foto: IDC online)

Una de las principales obligaciones patronales es la determinación y el entero de las aportaciones de vivienda ?5% del salario base de cotización de sus trabajadores? y las amortizaciones de los créditos otorgados por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) a éstos (art. 29, fracciones II y III Ley del Infonavit).

El pago de las aportaciones y amortizaciones debe efectuarse conjuntamente con las cuotas del Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez a más tardar el día 17 del mes siguiente al bimestre al que correspondan (arts. 21 Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores ?Ripaedi?, 6o transitorio de la Ley del Infonavit y vigésimo sexto transitorio de la Ley del Seguro Social).

Derivado de la reforma que sufrió el numeral 74 de la Ley Federal del Trabajo el 17 de enero de 2006, el próximo 17 de marzo es festivo ?en conmemoración del 21 de marzo? por lo que la fecha límite para efectuar el pago de las cuotas obrero-patronales bimestrales, aportaciones y amortizaciones al Infonavit del primer bimestre de 2008 será el martes 18, pues de conformidad con el último párrafo del artículo 21 del Ripaedi y 3o del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización cuando el último día para el cumplimiento del pago oportuno sea inhábil se efectuará al día hábil siguiente.

Cabe señalar que en el Sistema Único de Autodeterminación (SUA) ya está contemplado el 17 de marzo como día inhábil para efectuar el pago correspondiente al primer bimestre de 2008, entonces no habrá ningún problema para cumplir con esta obligación.