Cuotas de Salud para la Familia 2009

Las familias que no cuenten con algún régimen de seguridad social, podrán disfrutar de las prestaciones de este Seguro

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 .  (Foto: IDC online)

A fin de beneficiar a un mayor número de personas, el precepto 240 de la Ley del Seguro Social (LSS) prevé la posibilidad de que las familias que no cuenten con la protección de algún régimen de seguridad social, puedan disfrutar de las prestaciones en especie del Seguro de Enfermedades y Maternidad del Régimen Obligatorio del Seguro Social, esto es: asistencia médico quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria, a través de la contratación del Seguro de Salud para la Familia (art. 91 LSS).

Pueden acceder a este Seguro los mexicanos en territorio nacional y en el extranjero. En el primer caso, los interesados deben solicitar su incorporación voluntaria al Seguro de Salud para la Familia en la oficina de Seguros Especiales de la Subdelegación correspondiente a su domicilio, para lo cual tienen que requisitar los formatos Afil-05B, Aviso de Inscripción en los Seguros Especiales y Cuestionario Médico Individual Complementario y presentar los siguientes documentos:

  • actas de nacimiento y matrimonio (si fuesen casados), credencial de elector y comprobante de domicilio, de aquéllos que desean incorporarse a este Seguro, y
  • comprobante de pago de la cuota anual

En el segundo supuesto, el mexicano en Estados Unidos (EU), debe acudir al Consulado General de México en ese país y presentar el:

  • formato de inscripción debidamente requisitado, mismo que podrán bajar de la página de Internet del IMSS: www.imss.gob.mx, y
  • comprobante del pago efectuado en el lugar señalado por el personal del Consulado mexicano

En ambos casos, el importe de la anualidad de incorporación depende del grupo de edad al que pertenezca cada uno de los miembros de la familia. De conformidad con el numeral 242 de la LSS, la cuotas se actualizan en febrero de cada año de acuerdo con el incremento del Índice Nacional de Precios al Consumidor del año calendario anterior; así, las tarifas vigentes a partir del 1o de febrero de este año son:

EDAD DEL MIEMBRO DE LA FAMILIA EN AÑOS CUMPLIDOS CUOTA POR MIEMBRO DEL GRUPO
MÉXICO1 EU2
0 a 19 años $1,221.50 105
20 a 39 años 1,427.55 123
40 a 59 años 2,133.80 184
60 o más 3,211.00 276

Notas:

1 En pesos

2 En dólares