Nuevos instrumentos de inversión

Las nuevas opciones para invertir los recursos de las cuentas individuales de los trabajadores se publicaron en DOF

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 .  (Foto: IDC online)

Los pasados 6 y 19 de noviembre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer en el Diario Oficial de la Federación las Circulares Consar 15-24, modificaciones y adiciones a las Reglas generales que establecen el régimen de inversión al que deberán sujetarse las Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro (Siefore) y 55-3, adiciones a las Reglas prudenciales en materia de inversiones a las que deberán sujetarse las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afore) y las Siefore, respectivamente a fin de regular lo inherente a los nuevos instrumentos en que pueden invertir los recursos de las cuentas individuales de los trabajadores.

En la primera de ellas se señala que se entiende por instrumentos estructurados a:

  • los títulos fiduciarios destinados a la inversión o financiamiento de las actividades o proyectos dentro del territorio nacional, de una o varias sociedades, emitidos al amparo de las disposiciones de carácter general aplicables a las emisoras de valores y a otros participantes del mercado de valores expedidas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores
  • las acciones de emisores nacionales o los títulos que las representen:
    • que sean objeto de oferta pública inicial, total o parcial en la Bolsa Mexicana de Valores (BMV), y
    • listadas en la BMV que no pertenezcan a índice alguno de los previstos en el anexo H de las Reglas en comento, y
  • las obligaciones:
    • convertibles en acciones de Sociedades Anónimas Bursátiles, y
    • subordinadas no convertibles emitidas por las Instituciones de Crédito a que se refiere el artículo 64 de la Ley de Instituciones de Crédito y las que cumplan con los siguientes requisitos, que:
    • tengan por objeto financiar proyectos de infraestructura en territorio nacional
    • en ninguno de los tramos o series en que se estructuren se establezcan aportaciones adicionales con cargo a los tenedores
    • sin perjuicio del orden de prelación establecido entre dichos tramos o series, en ningún caso se libere al emisor de la obligación de pago del principal, aun cuando éste pueda ser diferido o amortizado anticipadamente, y
    • en el caso de que sean emitidas a través de un vehículo (sociedades de inversión, fideicomisos de inversión u otros análogos que, cualquiera que sea su denominación, confieran derechos, directa o indirectamente, respecto de los activos financieros objeto de inversión), éste no confiera derechos directa o indirectamente, respecto de derivados o implique estructuras sujetas a financiamiento

En la Circular Consar 55-3 se establece lo relativo a la vigilancia de las inversiones en instrumentos estructurados, indicando que los Comités de Inversión de las Siefore tienen por objeto aprobar las operaciones referidas para lo cual deberán contar previamente con un análisis sobre las características y los riesgos inherentes a cada instrumento estructurado que se pretenda adquirir, mismo que será proporcionado por las Siefore.

Las Siefore darán seguimiento a los instrumentos estructurados y a los activos que lo integren y entregarán al Comité de Inversión los resultados de dicho análisis cuando menos una vez al año en la sesión siguiente a que se verifique cualquier modificación a los mismos.