Presentación del dictamen IMSS

Los patrones con 300 o más trabajadores presentarán el dictamen a más tardar el próximo 30 de septiembre

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 .  (Foto: IDC online)

Aquellos patrones que en el 2007 contaron con 300 o más trabajadores están obligados a presentar el dictamen del cumplimiento de sus obligaciones en materia del Seguro Social del ejercicio 2008, a más tardar el próximo 30 de septiembre (arts. 16 Ley del Seguro Social ?LSS? y 161 Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización ?RACERF?).

Para ello, deberán acudir al área de Auditoría a Patrones de la Subdelegación correspondiente a su domicilio fiscal y de acuerdo con la Carta Compromiso del Dictamen por Contador Público para efectos del Seguro Social, exhibir un cuadernillo en dos legajos con la siguiente documentación:

  • carta de presentación firmada por el patrón, sujeto obligado o representante legal y por el contador público autorizado
  • modelo de opinión
  • anexos del I al V. Es importante mencionar que al anexo IV se le debe adjuntar la balanza de comprobación analítica por todas las subcuentas de costos y gastos y las cuentas de balance que exclusivamente tengan relación con sueldos y salarios (en español), y
  • copia del comprobante de pago emitido por la entidad receptora autorizada en formato impreso o mediante dispositivo magnético procesado con el Sistema de Pago de Diferencias o de la transferencia electrónica realizada y, en su caso, copia de la autorización del pago en parcialidades y de la primera parcialidad efectuada, si del dictamen se derivaron diferencias del Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez

Tratándose de patrones de la construcción, además de los documentos señalados deben entregar las siguientes cédulas:

  • descriptiva de:
    • la ubicación de la obra u obras ejecutadas en el ejercicio o periodo dictaminado, y
    • subcontratistas de personas físicas o morales, señalando su número de registro patronal por cada una de las obras del ejercicio o período dictaminado relativas al registro que se dictaminen, y
  • analítica del total de pagos por remuneraciones a trabajadores por cada una de las obras iniciales, en proceso, suspendidas o terminadas en el ejercicio o período dictaminado, y relativas al registro o registros patronales que se dictaminen

En cuanto a los movimientos afiliatorios derivados del dictamen, es recomendable que los patrones presenten los dispositivos magnéticos respectivos, en el departamento de Afiliación-Vigencia de Derechos, con la debida oportunidad y no hasta el 30 de septiembre, previa validación y sellado por el de Auditoría a Patrones de la Constancia de Presentación de Avisos Afiliatorios y/o Movimientos Salariales.

Lo anterior porque existe un nuevo sistema informático que mantiene abierto el período de presentación de movimientos afiliatorios derivados de actos de fiscalización, y éste será cerrado al día siguiente en que venza el día para la presentación del dictamen, por lo que de entregarse los movimientos con fecha posterior, serán rechazados.