Solicite el 70% de condonación de multas

El Infonavit dio a conocer el Programa de Apoyo a Patrones 2009. Conozca los beneficios para regularizar su situación frente al Instituto

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 .  (Foto: IDC online)

En febrero pasado, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) dio a conocer a través de su página de Internet, el Programa de Apoyo a Patrones 2009, por virtud del cual otorga diversos beneficios a los interesados en regularizar su situación frente al Instituto.

De dichas facilidades vale la pena destacar las aplicables a los bimestres del 1o de 2005 al 6o de 2008, a saber:

  • autorización para cubrir:
    • las aportaciones y sus accesorios hasta en 48 parcialidades, así como los recargos de generados por las amortizaciones hasta en 12 parcialidades, y
    • el adeudo en parcialidades mensuales, con pagos anuales o semestrales, adecuando los mismos a la capacidad de pago del patrón deudor o, a los períodos en los que tiene mayores ingresos
  • condonación de cualquier gasto de ejecución distinto al 2% de las diligencias de requerimiento de pago, embargo u honorarios de intervención a caja
  • elección de la forma de garantizar el interés fiscal, la cual incluso podrá ser la que se constituya mediante obligación asumida por un tercero, cuando se autorice un pago en parcialidades
  • no revisión de los períodos regularizados mediante el Programa referido, excepto cuando medie queja de algún trabajador derechohabiente
  • no presentación de querellas, cuando de la omisión de los importes sujetos a regularización se detectara la comisión de un posible delito en materia fiscal
  • condonación de hasta el 100% de la multa impuesta atendiendo al mes de incorporación por los adeudos correspondientes a los bimestres comprendidos del 1o de 2005 al 6o de 2008. En este contexto, el patrón que en julio esté interesado en regularizar su situación fiscal en materia de vivienda puede obtener el 70% de condonación de la multa si efectúa el pago del adeudo en una sola exhibición, o el 50% si lo hace por medio de pago en parcialidades.

A fin de conocer cuáles son los porcentajes de condonación que podrá obtener el patrón que decida adherirse a este Programa en los meses subsecuentes, a continuación se presenta la siguiente tabla:

Bimestres Mes de incorporación Porcentaje de condonación
Una sola exhibición En parcialidades
1o de 2005 a 6o de 2009 Agosto 60  40 
Septiembre 50  30 
Octubre 40 20 
Noviembre 30 10
Diciembre 10

Requisitos

Los patrones que quieran solicitar los beneficios señalados deberán:

  • regularizar todos los períodos omitidos
  • presentar la solicitud (Formato 1), ante la Subgerencia de Recaudación Fiscal Delegacional
  • indicar la forma en que regularizarán sus adeudos (en una exhibición, en parcialidades fijas, o fijas con semestralidades y/o anualidades)
  • señalar si se encuentra requerido, indicar el número de resolución o folio y los períodos e importes correspondientes y anexar copia de los requerimientos respectivos
  • manifestar, bajo protesta de decir verdad, que no se ha interpuesto medio de defensa por los períodos a regularizar, y en su caso, exhibir copia sellada del desistimiento, presentada ante autoridad competente. (Formato INF-PE-02)
  • acompañar la información necesaria para la individualización de los montos, a través de los formularios de pago vigentes en el período de omisión
  • indicar la forma en que garantizarán el interés fiscal, cuando opten por pagar en parcialidades
  • no mantener adeudos ni requerimientos pendientes de atender, y
  • tener cubiertos los adeudos por concepto de multa, amortizaciones, su actualización y recargos, en caso de pago en parcialidades

Pérdida de beneficios

Los patrones que caigan en cualquiera de los siguientes supuestos perderán los beneficios referidos:

  • incumplir con el pago de tres o más parcialidades, o uno de los pagos semestrales y/o anuales del convenio que le hubiese sido autorizado
  • mantener adeudos por los bimestres subsecuentes a los períodos que está regularizando
  • interponer algún medio de defensa en contra de las acciones de cobro que a su cargo realice el Infonavit
  • cuando se detecte falsedad en los datos proporcionados, y
  • no exhibir la información y/o documentación necesaria para la individualización de los importes cubiertos

Es importante que el patrón que tiene adeudos con el Infonavit valore la posibilidad de regularizar su situación fiscal, aprovechando las facilidades mencionadas en el presente artículo.