Terminó prórroga de derechos

Los asegurados que quedaron sin empleo en el 1er semestre de 2009 son los únicos cuyo período de conservación de derechos es de 24 semanas

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 .  (Foto: IDC online)

El pasado 27 de enero, el Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo ACDO.AS1.HCT.140109/2.P.DG, relativo a la autorización para conceder en los términos que se indican, la ampliación del período de conservación de derechos, por dieciséis semanas adicionales a las ocho semanas señaladas en el artículo 109 de la Ley del Seguro Social, a los asegurados que hayan quedado o llegasen a quedar privados de su trabajo remunerado, durante el lapso comprendido entre el 1 de enero al 30 de junio de 2009.

Así, por virtud de este Acuerdo, los asegurados que quedaron sin empleo en el primer semestre de 2009 (del 1o de enero al 30 de junio) y sus beneficiarios, son los únicos cuyo período de conservación de derechos es de 24 semanas.

Por lo anterior, desde el pasado 1o de julio aquellos trabajadores que dejen de estar sujetos a una relación laboral y que a la fecha de tal privación hubiesen cubierto ocho cotizaciones semanales, tienen derecho a recibir la asistencia médica y de maternidad, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria que sea necesaria, durante las ocho semanas posteriores a la desocupación. De esta misma prerrogativa gozan sus beneficiarios (art. 109 Ley del Seguro Social ?LSS?).