Entre los deberes principales de los patrones están la determinación y el entero de las cuotas obrero-patronales, aportaciones y amortizaciones de vivienda, causadas por sus trabajadores con base en los salarios que perciben (arts. 15, fracción III Ley del Seguro Social ?LSS? y 29, fracciones II y III Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores).
Quienes utilizan el Sistema Único de Autodeterminación (SUA) para dar cumplimiento correcto a las obligaciones mencionadas deben actualizar dicho sistema capturando los salarios mínimos vigentes desde el 1o de enero de este año, dados a conocer por la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del 23 de diciembre de 2009, a saber:
Zona geográfica | Salario mínimo |
A | $57.46 |
B | $55.84 |
C | $54.47 |