Por su parte, el Director del IMSS Daniel Karam, presentó una solicitud de reforma a la Ley del Seguro Social al Congreso de la Unión.
En la propuesta se afirma: “Resulta claro que las reformas implican que los términos ‘cónyuges, concubinas y concubinos’ adquieran un significado más amplio y sin distinción de género; ya que a partir de ellas serán consideradas como tales, tanto a las personas de sexos opuestos, como a las del mismo sexo, que establezcan entre sí una relación de matrimonio o de concubinato.”
La legislación vigente es específica en señalar que los beneficiarios de la seguridad social son personas de sexos diferentes y no considera en su contenido a los matrimonios entre personas del mismo sexo.
La Ley del Seguro Social no faculta al Instituto para atender solicitudes que llegasen a formular los asegurados y pensionados, respecto de la inscripción como sus beneficiarios, de las personas del mismo género que se encuentren vinculados a través de las figuras de matrimonio o concubinato, establecidas en la legislación del DF.
En el oficio enviado por Daniel Karam al Congreso de la Unión, solicita a los legisladores realizar las modificaciones necesarias para que la Ley del Seguro Social no presente obstáculo alguno para otorgar las prestaciones en especie y en dinero de la seguridad social a matrimonios y concubinatos del mismo sexo.
Fuente: IMSS