Días inhábiles Afores y Consar

Se publicaron los días en que esas instituciones suspenderán operaciones y cerrarán sus puertas en el año 2009

.
 .  (Foto: IDC online)

El pasado 26 de diciembre se publicaron las Disposiciones de carácter general que señalan los días del año 2009 en los que las Afore, instituciones públicas que realicen funciones similares, Siefore y Empresas Operadoras de la Base de Datos Nacional SAR, deberán cerrar sus puertas y suspender operaciones.

Así, las fechas mencionadas que se consideran inhábiles para la interposición y resolución de los recursos administrativos, así como para el cómputo de los plazos de entrega de información requerida en relación con dichos procedimientos que se sigan ante la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) y demás requerimientos de datos realizados por esta autoridad son:

  •  Afore, instituciones públicas que realicen funciones similares, Siefore y Empresas Operadoras de la Base de Datos Nacional SAR: 1o de enero, 2 de febrero, 16 de marzo, 9 y 10 de abril, 1o de mayo, 16 de septiembre, 16 de noviembre y 25 de diciembre.
La Consar podrá ordenar a estas entidades cerrar sus puertas y suspender operaciones en días distintos a los señalados cuando lo considere necesario, así como abrir sus puertas y continuar sus operaciones en las fechas indicadas para efectos de ejercer sus facultades de inspección, mediante la realización de visitas de inspección.
Asimismo, podrán presentar ante la Consar un proyecto de calendario de días en que pretendan cerrar sus puertas y suspender operaciones, adicionales a los previstos, a efecto de obtener la autorización correspondiente siempre que así lo justifiquen, a fin de que las fechas autorizadas se consideren hábiles para todos los efectos legales. El proyecto referido debió presentarse antes del 31 de enero pasado
  • Consar: 1o de enero, 2 de febrero, 16 de marzo, 9 y 10 de abril, 1o y 5 de mayo, 16 de septiembre, 16 de noviembre y 25 de diciembre

Se considerarán como días inhábiles adicionales para las instituciones mencionadas, aquéllos en que el Sistema Financiero deba suspender operaciones por así establecerlo alguna otra autoridad competente.

Estas disposiciones entraron en vigor el pasado 1o de enero.