Nuevas disposiciones Infonavit 2008

Normatividad emitida por el Instituto en este año, de interés para los sectores patronal y obrero

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 .  (Foto: IDC online)
TEMA SINOPSIS

Reglas para el Otorgamiento de Créditos a los Trabajadores Derechohabientes del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (ROC)Publicado en el Diario Oficial de la Federación de 22-02-08 Cambian sustancialmente las reglas de referencia, entre las modificaciones más importantes se encuentran las siguientes:
  • aumenta el límite del valor máximo de las viviendas
  • cambia el sistema de puntuación
  • incrementa la cantidad de la subcuenta de vivienda que se puede aplicar al crédito, y
  • prevé el ajuste semestral de las tasas de interés y amortizaciones de crédito

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Reglas para el Otorgamiento de Créditos al amparo del artículo 43 Bis de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Ley del Infonavit)Publicado en el Diario Oficial de la Federación de 22-02-08

Entre los cambios más trascendentes están:

  • el saldo de la subcuenta de vivienda también puede aplicarse en caso de construcción
  • los límites de crédito se eliminan tratándose de cofinanciamiento, y
  • los descuentos de los créditos conyugales se sujetarán a las tablas ?A? y ?B? adjuntas a estas Reglas

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Tablas de montos máximos de los créditos que otorga a sus derechohabientes el Infonavit Publicado en el Diario Oficial de la Federación de 22-02-08 Señalan los montos a considerar para la adquisición de viviendas tradicionales, con tecnologías de ahorro de energía e infraestructura tecnológica e Internet
Acuerdo por el que se reforman las Reglas para la Regularización de Adeudos al Infonavit mediante el Otorgamiento de Autorización de Pago Extemporáneo en Parcialidades Publicado en el Diario Oficial de la Federación de 04-04-08

Normas a observar por los patrones que soliciten el pago extemporáneo a plazos o en parcialidades por conceptos de las aportaciones (5%), sus actualizaciones y recargos, y recargos de amortizaciones. Con la publicación de estas modificaciones, quedan sin efectos las Reglas para el Otorgamiento de Autorización para el Pago Extemporáneo de Aportaciones Patronales, Amortizaciones de Crédito y/o Cuotas del 1% para Adminstración, Operación y Mantenimiento de Conjuntos, del 7 de abril de 1994Ver más


Condiciones generales de contratación que ofrece el Infonavit a sus derechohabientes para el otorgamiento de créditos destinados a la adquisición; construcción, reparación, ampliación y mejoramiento de vivienda y al pago de adeudos contraídos para los conceptos referidos Publicado en el Diario Oficial de la Federación de 24-04-08 Disposiciones a las que se sujetan los trabajadores y el Infonavit ante un otorgamiento de crédito de vivienda.En éstas se recoge lo establecido en las ROC y se señala que deben ser aceptadas por los acreditados al celebrar el contrato de crédito con el InfonavitVer más

Reglamento Interior del Infonavit en materia de Facultades como Organismo Fiscal Autónomo (RIOFA) Publicado en el Diario Oficial de la Federación de 20-06-08 Se precisan algunas facultades a ejercer por el nuevo personal del Instituto y con éste Reglamento se deja sin efectos a su similiar del 24 de marzo de 1998, así como a las demás disposiciones reglamentarias y administrativas que se opongan al mismoVer más

Reglamento para la Imposición de Multas por Incumplimiento de las Obligaciones que la Ley del Infonavit y sus Reglamentos establecen a cargo de los Patrones (RIM) Publicado en el Diario Oficial de la Federación de 15-08-08 Entre las modificaciones efectuadas al anterior RIM destacan las siguientes:
  • nuevas infracciones tales como no presentar dentro del plazo establecido el dictamen de sus obligaciones en materia de vivienda o los anexos del dictamen fiscal dentro de los 15 días hábiles contados a partir del vencimiento del plazo para su exhibición, proporcionar los pagos de aportaciones o amortizaciones con errores
  • eliminación del procedimiento interno que seguían los patrones para demostrar la inexistencia o improcedencia de la multa, y
  • actualización del importe de las multas si éstas no se cubren dentro de los 45 días siguientes a aquél en que surta efectos su notificación

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