Nuevas obligaciones para las Afore

Conozca el contenido más relevante de las Circulares Consar publicadas recientemente por la SHCP en el Diario Oficial de la Federación

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 .  (Foto: IDC online)

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público publicó en el Diario Oficial de la Federación, el 24 y 26 de junio respectivamente, dos Circulares mediante las cuales se precisan las siguientes obligaciones de las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afore):

Así, las Afore pueden prestar a las empresas, dependencias o entidades que tengan un fondo de pensiones o jubilaciones de personal, entre otros servicios, el del registro de las aportaciones efectuadas.
De igual manera detalla que tratándose de planes de pensiones de contribución definida pueden registrar individualizadamente los recursos provenientes de dicho plan. Esto es, realizar los asientos contables de las aportaciones realizadas.
También señala que las Afore que administren planes de pensiones de contribución definida deben abrir una cuenta individual de previsión social a cada trabajador, en la que se asienten las aportaciones efectuadas a favor del beneficiario por los entes mencionados.
Lo dispuesto en esta Circular entró en vigor el 25 de junio
Este documento establece las directrices a las que deben sujetarse las Afore al momento de publicitarse. Entre los aspectos más importantes menciona los siguientes:
  • propiciar la difusión y consolidación de la imagen de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (SAR) como instrumentos que estimulen el ahorro de los trabajadores, por tanto  los datos que proporcionen al público deben ser veraces, actuales y basados en la página web: www.consar.gob.mx
  • emitir materiales escritos de fácil lectura y comprensión, cumpliendo las especificaciones de la propia Circular
  • utilizar los datos de comisiones, rendimientos e Índice de Rendimiento Neto, publicado en el Cuadro comparativo de Afores: Rendimiento Neto
  • informar sobre los fondos de previsión social, y
  • asentar en todos los materiales de publicidad la frase Consulte www.consar.gob.mx

    Señala las prohibiciones de las Afore, como emitir aseveraciones, mensajes o imágenes que puedan inducir al error o a interpretaciones incorrectas o imprecisas, respecto de los productos y servicios que otorgan, creando falsas expectativas a los trabajadores en cuanto a su ahorro, así como para desacreditar a los del SAR o sus participantes.

    Las Afore deben retirar de circulación los materiales que hubiesen elaborado y que no se ajusten a las reglas referidas.