Enganche para adquirir vivienda

Enganche para adquirir vivienda

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 .  (Foto: IDC online)

Recuérdese que para la obtención de un crédito de vivienda, por criterio interno del Infonavit y como parte de una prueba piloto, y a efecto de dar cumplimiento a la Séptima Regla y Sexta Transitoria de Otorgamiento de Créditos a los Trabajadores

Derechohabientes del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, por el período julio-septiembre de este año se requirió únicamente a los trabajadores que reunían la puntuación mínima para obtener su crédito y tenían en su cuenta individual aportaciones voluntarias en la subcuenta de vivienda, la exhibición del 5% del valor total de la vivienda tipo económico, ?esto es $153,290.07 X 5%= $7,664.50? o de un valor superior por concepto de enganche.

Sin embargo, tal y como se comentó en la nota para tomarse en cuenta "Enganche del 5% para la obtención de crédito: hasta octubre" de este mismo apartado, en el número 66 de esta publicación, correspondiente al 31 de julio de 2003, a partir del 1o de octubre a todo trabajador solicitante de un crédito del Infonavit se le exigirá cubrir el enganche en comento, a fin de fomentar el ahorro y disponer de mayores recursos para el otorgamiento de créditos de vivienda.

Cabe comentar, que esta cantidad es totalmente independiente de los recursos acumulados en la subcuenta de vivienda de la cuenta individual por los trabajadores, de conformidad con las citadas Reglas, (por cierto, al igual que los recursos de la subcuenta de vivienda, forma parte del crédito otorgado por el Instituto reduciendo el monto del crédito a alcanzar por un trabajador), requisito a nuestro juicio que obstaculizará en lo sucesivo el cumplimiento por el Infonavit de su objetivo principal de creación: proporcionar un sistema de financiamiento que permita a los trabajadores obtener un crédito barato y suficiente para la adquisición de una vivienda, construcción, reparación, ampliación de la misma, o el pago de pasivos contraídos por cualquiera de estas causas, al dificultar a los trabajadores de menores ingresos (sector donde más se concentra la clase trabajadora de nuestro país) el acceso a la obtención de una vivienda.

Lo anterior, se ejemplifica en el siguiente caso:

Ver tabla 1:

Monto de crédito a que tiene derecho un trabajador de acuerdo con su puntuación

$ 251,815.40


El cual se encuentra integrado de la siguiente manera:

Ver tabla 2:

Saldo acumulado en la subcuenta vivienda de su cuenta individual

$ 33,609.71

5% del valor de la vivienda a adquirir (en este caso, tipo económico)

7,660

Monto de crédito otorgado realmente por el Instituto

210,541.19

Monto de crédito a que tiene derecho un trabajador de acuerdo con su puntuación

251,815.40

Gastos de administración, titulación, avalúo, impuestos y derechos

20,647.10

Monto del crédito que realmente se aplicará al valor de la vivienda

$ 231,168.30


Finalmente, resulta importante comentar que por el período de octubre-diciembre de 2003, el 5% de enganche será aplicable para todo tipo de trabajadores, pero a partir del próximo 1o de enero ese porcentaje aplicará únicamente para vivienda de tipo económico, es decir, hasta con un valor de 117.06 veces el salario mínimo mensual del DF (actualmente $153,290.07), o en su defecto el autorizado por el H. Consejo de Administración del Instituto, ya que para las viviendas con un valor superior, el porcentaje de enganche será del 7%, y en enero de 2005 ascenderá a 10%.