Régimen de pensiones y jubilaciones IMSS

Régimen de pensiones y jubilaciones IMSS

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 .  (Foto: IDC online)

Propuesta de modernización al régimen de pensiones y jubilaciones del IMSS

A fin de dar cumplimiento al compromiso contraído en octubre pasado con el Director del Instituto Mexicano del Seguro Social, el Sindicato Nacional de los Trabajadores de dicho Instituto, presentará en el mes de marzo su propuesta de reformas a su Régimen de Jubilaciones y Pensiones (RJP) al Congreso Nacional Extraordinario que se instituirá para su revisión (una de las cargas presupuestarias más fuertes de esa institución).

Estas reformas tienen como propósito adaptar las prestaciones previstas en el RJP a las condiciones demográficas, económicas y sociales actuales de nuestro país, atenuando así el problema financiero de dicha institución, en virtud de que las aportaciones efectuadas por los trabajadores activos a este régimen sostiene en una parte mínima a los pensionados y jubilados del sistema.

La propuesta de modernización se fundamenta en los siguientes principios básicos:

  • respecto a los derechos adquiridos de los actuales trabajadores del Instituto;
  • mejores condiciones a las previstas en la Ley del Seguro Social para los nuevos trabajadores;
  • preservación:
    • del carácter solidario y redistributivo del RJP, y
    • de todos los demás derechos del Contrato Colectivo de Trabajo para los trabajadores, tanto actuales como futuros;
  • asegurar los compromisos de la institución para con los trabajadores;
  • transparencia y rendición de cuentas en el manejo de las aportaciones de los trabajadores a este régimen, y
  • protección del RJP para los trabajadores del programa IMSS-oportunidades, en los mismos términos y condiciones que para los trabajadores del Régimen Ordinario.

En tal tesitura, las principales propuestas de reformas al RJP son las siguientes:

SUJETOS PROTEGIDOS PROPUESTAS
Trabajadores activos que cubran cualquiera de los requisitos previstos en el RJP hasta el 1o de abril de 2004 Se pensionarán bajo las condiciones y términos actuales de dicho régimen (cuantía básica de la pensión, más aguinaldo y fondo de ahorro);·         el monto de su pensión se incrementará en los términos de los aumentos salariales de los trabajadores activos, y
  • conservarán las tres formas de pago de aguinaldo:
    • integración de 90 días por este concepto en el monto de la pensión;
    • 25% mensual del monto de la jubilación, y
    • 15 días del monto de la pensión pagadero en diciembre
Trabajadores activos que cubran cualquiera de los requisitos previstos en el RJP con posterioridad al próximo 1o de abril Se pensionarán bajo las condiciones y términos actuales;
  • el monto de su pensión se incrementará en los términos de los aumentos salariales de los trabajadores activos, y
  • se les pagará su aguinaldo de la siguiente forma:
    • integración de 90 días por este concepto en el monto de la pensión;
    • 10% mensual del monto de la jubilación, y
    • 15 días del monto de la pensión pagadero en diciembre
Beneficiarios actuales de pensiones de viudez, orfandad o ascendencia Se pensionarán bajo las condiciones y términos actuales;·         el monto de su pensión se incrementará en los términos de los aumentos salariales de los trabajadores activos, y·         conservarán las tres formas de pago de aguinaldo
Trabajadores cuya fecha de contratación sea con posterioridad al 1o de abril ·         En las pensiones por:o        años de servicios, el monto de la pensión será a cargo de la cuenta individual del trabajador en una Afore y el IMSS complementará hasta el doble del importe de la pensión señalada en la Ley del Seguro Social como mínimo, y en su caso, se aplicará una pensión garantizada que dependerá de la edad de jubilación, la cual en ningún caso excederá del 100% del salario base, e
    • invalidez, se otorgará el 60% de la cuantía básica, independientemente de los años de servicio, y el 80% para los pensionados por riesgos de trabajo;
  • el monto de su pensión se incrementará en los términos de la Ley del Seguro Social;
  • no les aplicarán los artículos relativos al pago de aguinaldo del RJP, y
  • les serán devueltas las aportaciones efectuadas por concepto de fondo de ahorro, incrementadas a una tasa real del 2%, cuando terminen su relación laboral con el Instituto por cualquier motivo


Como puede apreciarse con estos cambios, se pretende mesurar la partida de egresos por concepto de pago de jubilados y pensionados del Instituto, y con ello darle mayor margen de operación para satisfacer las necesidades de la población derechohabiente en general, ahora sólo resta esperar que dichas medidas sean analizadas y aceptadas por los representantes del Seguro Social.