Vence plazo para avisos de dictamen IMSS

Vence plazo para avisos de dictamen IMSS

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 .  (Foto: IDC online)

Vence el plazo para presentar aviso para dictaminar obligaciones de Seguro Social

Recuérdese que de conformidad con los artículos 156 y 157 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF), aquellos patrones que estén obligados u opten por dictaminar voluntariamente el cumplimiento de sus obligaciones en materia de Seguro Social por el ejercicio 2003, deberán presentar a más tardar el próximo 30 de abril, en el Departamento de Auditoría a Patrones de la subdelegación correspondiente a su domicilio fiscal, el formato DICP-02 "Aviso de dictamen para efectos de Seguro Social", junto con el formato DICP-02 A "Anexo I para patrones con más de un registro patronal", o el DICP-02 A2 "Anexo II para patrones con registro patronal único", según sea el caso.

Dichos formatos deberán ostentar las firmas autógrafas del patrón o de su representante legal y del dictaminador, y serán válidos para el ejercicio fiscal y registro o registros patronales señalados en ellos; por tanto, los patrones que tengan dos o más registros ante el IMSS deberán presentar solamente un aviso.

Los patrones afectos a la industria de la construcción presentarán el aviso en comento, ya sea por período (ejercicio completo) o bien, por cada una de sus obras, en cuyo caso, el lapso a dictaminar será el que corresponda a la ejecución completa de la obra.

Al aviso en comento se deberá adjuntar copia fotostática de los siguientes documentos:

TIPO DE DICTAMEN
DOCUMENTACIÓN A ADJUNTAR PRIMER SUBSECUENTE
Acta constitutiva y sus respectivas modificaciones X
Afil-01, "Aviso de inscripción patronal o de su modificación en su registro", o de la tarjeta de identificación patronal de cada uno de los registros a dictaminar, o de la carta de aceptación, en caso de contar con el registro patronal único X
Poder general para pleitos y cobranzas del representante legal, de ser patrón persona moral X X1
Identificación oficial del patrón persona física, o del representante legal si se trata de una persona moral (credencial de elector, cartilla del Servicio Militar o pasaporte vigente) X X1
Original y copia simple para cotejo de la credencial expedida por el IMSS del contador público autorizado para dictaminar X X

Nota:
1 únicamente si hubo cambio de representante legal


Finalmente, es preciso comentar que se entenderá por aceptado el aviso presentado si en un término de 15 días hábiles contados a partir de su fecha de recepción, no recae notificación al respecto. Asimismo a diferencia de años anteriores, el Instituto únicamente recepcionará en cualquier tiempo los avisos de dictaminación de ejercicios previos a 2003, de aquellos patrones que no estén obligados a dictaminarse, siempre y cuando medie una orden de visita domiciliaria o un requerimiento de información (artículo 175 del RACERF).