Inconstitucionales: las reformas a LSS

Inconstitucionales: las reformas a LSS

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 .  (Foto: IDC online)

En el Foro sobre los Derechos Ciudadanos a la Seguridad Social y al Trabajo, celebrado en la ciudad de México el pasado 21 de julio, organizado por la Comisión de Participación Ciudadana de la Cámara de Diputados y el Consejo Nacional de Egresados de Postgrado en Derecho A.C., el especialista en materia laboral, doctor Néstor de Buen Lozano, señaló que las reformas a los artículos 277-D y 286-K de la Ley del Seguro Social (LSS) recientemente aprobadas y publicadas violan diversos ordenamientos, entre ellos:

  • la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), específicamente sus artículos 13, que prohíbe el establecimiento de leyes privativas, y las reformas establecen dos regímenes laborales diferentes para trabajadores que deben ajustarse a uno solo; y 123, fracción XVIII, apartado A, que prohíbe negociar las condiciones de trabajo, y la reforma rompe el principio de igualdad de los salarios, y
  • la Ley del Seguro Social, porque su artículo 256 reconoce como único ordenamiento aplicable en las relaciones laborales de esa institución a la Ley Federal de Trabajo (LFT).

Por todo lo anterior, según el especialista, los cambios propuestos atentan contra el contrato colectivo de trabajo, al no poder acceder los nuevos trabajadores a los beneficios y derechos contenidos en él, lo cual inhibe la aplicación de las disposiciones de la LFT.

Además, aseveró que la única forma de detener la aplicación de las reformas es interponer una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en apego al

artículo 105 de la Constitución, pero para ello se requiere contar con el apoyo del 33% de los legisladores del Congreso de la Unión, y por su parte cada trabajador del IMSS deberá interponer un juicio de amparo a fin de quedar protegida toda la plantilla laboral.

La aplicación en sus términos de estas reforma traería como consecuencia el cumplimiento del emplazamiento a huelga convocado por el sindicato del Instituto para el próximo 15 de octubre ?día del vencimiento de su actual contrato colectivo?, sin descuidar la atención médica en hospitales a que está obligado, sin consulta externa.

Finalmente, comentó que el conflicto se desactivará cuando el Gobierno Federal, legisladores y el sindicato del Instituto busquen verdaderamente vías para la conciliación, tales como incrementar de 28 a 35 años de servicio en el IMSS, para acceder a una pensión.