Ley de Tratados en Materia Económica

Ley de Tratados en Materia Económica

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 .  (Foto: IDC online)

Acorde con la reciente Ley Sobre la Aprobación de Tratados Internacionales en Materia Económica, el Instituto Mexicano del Seguro Social, queda obligado a proporcionar al Senado de la República para la aprobación de los convenios internacionales celebrados con otros países ?para evitar la doble tributación o reconocer las semanas cotizadas para el otorgamiento de pensiones a trabajadores que han laborado y cotizado en el extranjero?, la información que éste le requiera en términos del artículo 5o, de dicho ordenamiento.

Cabe comentar, que esta nueva legislación contiene la reglamentación a cumplir por las dependencias gubernamentales federales respecto a la obligación de presentar informes al Senado a que se refiere el artículo 93 constitucional, y por tanto es totalmente independiente a la Ley Sobre la Celebración de Tratados Internacionales, toda vez que el objeto de ésta es regular el procedimiento a seguir por las citadas dependencias para poder celebrar acuerdos internacionales, y en consecuencia continúa siendo obligatoria para ellas.