Registro de acreditados ante el IMSS

Registro de acreditados ante el IMSS

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 .  (Foto: IDC online)

Con el propósito de simplificar el acreditamiento de la personalidad ante las dependencias públicas federales u organismos descentralizados, con efectos en los trámites subsecuentes que se realicen ante éstas u otras dependencias y organismos descentralizados como el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el Poder Ejecutivo ha establecido mediante decreto de fecha 4 de mayo de 2004 en el Diario Oficial de la Federación, el procedimiento y los requisitos para la inscripción en el Registro Único de Personas Acreditadas (RUPA), que opera en todas las dependencias y organismos descentralizados de la Administración Pública Federal.

Hasta el momento se prevé que la Secretaría de la Función Pública a través de su página web: www.sefupu.gob.mx, pondrá a disposición de los usuarios del IMSS, el formato a requisitar para registrarse en el RUPA, en la cual:

  • proporcionarán los datos necesarios para acreditar la personalidad con la que se ostentan, los cuales deberán coincidir con los del acta:
    • constitutiva, tratándose de representantes de personas morales, o
    • de nacimiento, si son personas físicas, y
  •  recibirán el número de RUPA, que los identificará en cualquier procedimiento en que sean parte en los organismos descentralizados y dependencias de la Administración Pública Federal.

Para validar este proceso de registro ante el IMSS, los usuarios deberán acudir con el número de RUPA, a las ventanillas instaladas en la Delegación de este Instituto correspondiente al domicilio de su registro patronal, donde exhibirán los documentos solicitados al momento de inscribirse en la página web mencionada, y si a juicio del Instituto la documentación está completa, validarán el proceso de registro, y les proporcionarán un documento donde conste el RUPA asignado, ello sin perjuicio de que alguna área del Instituto al momento de atender un trámite podrá requerir al patrón, documentación adicional a la proporcionada al momento de validar su RUPA.

Se tiene previsto que para el año próximo se implementen los procedimientos necesarios para poner en funcionamiento el RUPA en el Instituto.

Para conocer más acerca de la implementación del RUPA, ser recomienda consultar la nota Qué es el RUPA, en el apartado Para Tomarse en Cuenta, de la sección Jurídico Corporativo de esta misma edición.