Interés por crédito Infonavit deducible

Interés por crédito Infonavit deducible

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 .  (Foto: IDC online)

... con el objeto de hacer deducibles en su declaración dichos pagos.

El artículo 176, fracción IV de la Ley del Impuesto Sobre la Renta que dispone que las personas físicas residentes en el país podrán hacer deducibles los intereses reales devengados y efectivamente pagados durante el año que declaran por créditos hipotecarios para la construcción o remodelación de casa habitación, así como los destinados al pago de pasivos, siempre que se hubiesen destinado exclusivamente para la adquisición, construcción o remodelación de casa habitación; que se hubiesen contratado con instituciones del sistema financiero (bancos, aseguradoras, etc.) y otras instituciones públicas como el Infonavit, y que el crédito otorgado no exceda de un millón 500 mil unidades de inversión (UDIS).

Asimismo, establece la obligación a las instituciones que perciban ingresos por este tipo de intereses de proporcionar una constancia anual a más tardar el 15 de febrero, donde conste el monto de los intereses reales devengados y pagados en el año.

Para obtener esta constancia, el interesado deberá ingresar a la página electrónica del Instituto: www.infonavit.gob.mx, hacer click en el menú ?Trabajadores?, seleccionar la opción ?Trámites y servicios de mi crédito? y elegir ?Carta Constancia de intereses?. En la pantalla que se depliega automáticamente, el trabajador acreditado deberá capturar su número de crédito y elegir el año fiscal para el cual solicita la constancia de intereses.

El interesado que necesite más información podrá solicitarla a través del Infonatel en el teléfono 9171 50 50 en el DF o en el 01 800 008 3900 para el interior de la República.