Amortización proporcional en cuota fija

Amortización proporcional en cuota fija

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 .  (Foto: IDC online)

Los patrones que cuentan con trabajadores acreditados deben cumplir con sus obligaciones de descuento, a fin de cubrir las amortizaciones del crédito de vivienda otorgado por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores ( Infonavit), según el artículo 40 del Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Ripaedi).

De acuerdo con el numeral 42 del mismo ordenamiento legal, al día siguiente a la recepción del citado aviso inicia la obligación patronal de retención y entero de descuentos para la amortización del crédito.

Así, cuando el patrón de un trabajador acreditado reciba el aviso de retención respectivo, debe registrarlo en el Sistema Único de Autodeterminación (SUA) a efecto de que el sistema efectúe el cálculo de las retenciones de las cuales será objeto el salario del acreditado y para ello, capturará en el módulo Actualizar, opción Trabajadores los siguientes datos:

  • movimiento a registrar: ?Inicio Crédito Vivienda?;
  • fecha a partir de la cual estará vigente el crédito de vivienda;
  • tipo de descuento: ?Porcentaje?, ?Cuota Fija? o ?Veces SM?;
  • valor del descuento, tal como lo señala el aviso de retención, y
  • número del crédito de vivienda.

Los avisos de retención de descuentos emitidos a últimas fechas por el Infonavit, tratándose de un descuento con factor de cuota fija en veces el salario mínimo y el período sea menor a los días que comprende el bimestre, el patrón deberá retener y enterar la parte proporcional de los días del bimestre efectivamente laborados por el trabajador, a partir del día siguiente a aquél en que se hubiese notificado dicho aviso.

En este caso, para efectuar el primer cálculo de retención, el patrón deberá determinar la cantidad a descontar por primera vez al trabajador, atendiendo al siguiente procedimiento:
 

FÓRMULA CONCEPTO
Factor de cuota fija en veces el salario mínimo
Por: Salario mínimo general en el DF
Igual: Cantidad a retener por amortización
Entre: Días del bimestre
Por: Días del bimestre efectivamente laborados por el trabajador a partir del día siguiente a la recepción del aviso
Igual: Cantidad proporcional a descontar por primera vez al trabajador acreditado
Una vez obtenida la proporción a descontar al trabajador, dicha cantidad deberá ser capturada en el SUA como cuota fija monetaria para que el sistema registre en pesos esa primer aportación proporcional, pero para los enteros subsecuentes, el patrón deberá modificar el factor de cuota fija monetaria al de veces el salario mínimo señalado en el aviso de retención, a efecto de calcular la amortización completa del bimestre relativo.