Circulares de reciente publicación

Circulares de reciente publicación

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 .  (Foto: IDC online)

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) dio a conocer a través del Diario Oficial de la Federación (DOF) diversas circulares emitidas por la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar), en las cuales se regulan diversos aspectos de las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afore) y Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro (Siefore), a saber:

Capitalización

El pasado 5 de julio se publicó en el DOF la Circular Consar 02-6, donde se integran las disposiciones relativas al régimen de capitalización aplicable a las Afore y Siefore, ya que la Circular 02-3 (14 de marzo de 2003) en la cual se establecía la normatividad relativa, sufrió varios cambios desde su publicación por lo que se hizo necesario compilar en esta nueva Circular las reglas a observar en esta materia. Establece:

  • el capital mínimo fijo pagado, sin derecho a retiro con el que deben operar las Afore, Siefore Básica 1 y 2 y las adicionales;
  • la reserva especial de las Afore, cuyo monto y composición se distribuirá de acuerdo con las Siefore en que inviertan, y
  • el procedimiento a seguir por las Afore para cubrir la minusvalía presentada por una o más Siefore.

Las reglas contenidas en la Circular Consar 02-6 entraron en vigor el 13 de julio de 2006 y con ello quedan abrogadas sus similares 02-3, 02-4 y 02-5, publicadas en el DOF el 14 de marzo de 2003, 17 de enero y 22 de septiembre de 2005, respectivamente.

Bajo este contexto, el 12 de julio pasado se dio a conocer en el citado DOF la Circular Consar 15-17 por la cual se modifican y adicionan las Reglas generales que establecen el régimen de inversión al que deberán sujetarse las Siefore.

La importancia de esta Circular radica en la precisión de normas que permitan una mejor diversificación del régimen de inversión de las Siefore, y con ello una mayor seguridad y control sobre los riesgos financieros.

Las modificaciones contenidas en la Circular de referencia entraron en vigor el pasado 13 de julio, y con ellas los cambios sufridos por los anexos H, Índices accionarios de países miembros del Comité Técnico de IOSCO y de la Unión Europea, e I, Metodología para calcular la exposición a renta variable del componente de renta variable.

Administración de cuentas individuales

El pasado 5 de julio fue publicada la Circular Consar 22-12, Reglas generales sobre la administración de cuentas individuales a las que deberán sujetarse las Afore y las Empresas Operadoras de la Base de Datos Nacional SAR, y en la que se definen los procedimientos a los que deberán sujetarse en lo relativo a:

  • recepción, conciliación, dispersión, individualización y administración de recursos e información de las cuotas obrero-patronales; cuota social; aportaciones estatales, de vivienda, al ahorro para el retiro, al fondo de la vivienda y todas aquéllas que deban acumularse en las cuentas individuales de los trabajadores;
  • transferencia de fondos de una Siefore a otra elegida por el trabajador, o bien que le sea asignada, así como los servicios relacionados con dicha transferencia de recursos;
  • recepción, administración y disposición de aportaciones voluntarias, complementarias de retiro y de ahorro a largo plazo;
  • traspaso de los recursos e información de las subcuentas de ahorro para el retiro y del fondo de la vivienda operadas por instituciones de crédito o entidades financieras autorizadas, correspondientes al SAR previsto en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Ley del ISSSTE), a las cuentas individuales de los trabajadores abiertas en una Afore;
  • administración de las aportaciones de vivienda y del fondo de la vivienda;
  • amortización de créditos de vivienda otorgados por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), e
  • información de la cuenta individual a los trabajadores, así como la emisión y el envío del estado de cuenta.

La circular en análisis entró en vigor el pasado 6 de julio y con ésta se derogan sus similares 22-10 y 22-11 publicadas en el DOF los días 1o de agosto y 21 de diciembre de 2005.