Cálculo de multas por el SUA

Cálculo de multas por el SUA

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 .  (Foto: IDC online)

Una de las obligaciones patronales más importantes es la determinación y entero de las aportaciones y descuentos efectuados sobre los salarios de sus trabajadores, compromiso que se debe cumplir dentro de los 17 primeros días de cada bimestre (enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre), de acuerdo con lo establecido en los artículos 29, fracciones II y III y sexto transitorio de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Ley del Infonavit).

El incumplimiento de la obligación referida y el caso omiso al requerimiento de pago de la misma, ocasiona la imposición de una multa administrativa por parte del Infonavit, la cual deberá notificarse personalmente al patrón infractor, de acuerdo con las disposiciones del Código Fiscal de la Federación (artículo 7o del Reglamento para la Imposición de Multas por Infracción a las Disposiciones de la Ley del Infonavit y sus Reglamentos ?RIM?).

Para determinar el monto de la sanción, el Instituto deberá observar los mínimos y máximos legales establecidos en los artículos 55 de la Ley del Infonavit y 6o, fracción IV y 19, inciso e) del RIM y considerar los siguientes aspectos (numeral 20 del RIM):

  • número de trabajadores involucrados con motivo de la infracción o daño ocasionado al Instituto;
  • circunstancias especiales, razones particulares y antecedentes del infractor;
  • gravedad de la infracción cometida;
  •  capacidad económica del infractor, y
  • reincidencia del patrón en la comisión de infracciones.

El nuevo Sistema Único de Autodeterminación (SUA) contiene una opción con la cual el patrón omiso puede determinar el monto de la multa correspondiente al pago de las aportaciones y descuentos, fuera del plazo legal.

Para ello deberá ingresar al menú de ?Cálculos?, submenú ?Pago Extemporáneo? y en la pantalla que se despliega capturar: el período a procesar (mes), año, fecha de pago (dd/mm/aaaa) y señalar si desea el detalle de las cuotas obrero-patronales o la cédula de determinación y pulsar ?Calcular? para que el sistema determine el monto de las aportaciones y descuentos a enterar al Instituto

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Para conocer el monto de las aportaciones y descuentos a enterar en el bimestre de que se trata, deberá pulsar la opción ?Bimestral?, el SUA emitirá una alerta en la que pregunta si desea efectuar la aportación sugerida a Fundemex, a lo cual responderá ?Sí? o ?No?

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Se habilitarán los campos referentes a las aportaciones al Infonavit, multas administrativas y Fundemex y a efecto de calcular la multa por concepto de pago extemporáneo, el patrón deberá seleccionar ?Multas Administrativas?, pulsar el ícono que aparece al lado derecho de la opción marcada, e ingresar la fecha de notificación de la multa impuesta por el Instituto en el recuadro emitido por el sistema y en el que constan los datos del período a procesar, año y fecha de pago, para finalmente pulsar ?Aceptar? para que el SUA efectúe el cálculo correspondiente

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En la pantalla ?Cálculos Extemporáneos? aparecerá el monto de la multa impuesta por el Instituto, misma que el patrón omiso deberá pagar dentro de los 45 días hábiles siguientes a aquél en que surta efectos la notificación de ésta (artículo 30 del RIM)

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En atención a lo dispuesto en el artículo 31, inciso a) del RIM, el SUA calcula automáticamente la reducción del 20% de la multa procedente, considerando las fechas de pago y notificación, capturadas por el patrón, siempre y cuando la primera esté dentro del plazo referido, lo cual le permitirá pagar el adeudo total a través de la institución financiera de su preferencia.