Presentación de avisos de dictamen

Fecha límite para la presentación del aviso de dictamen ante el INFONAVIT

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 .  (Foto: IDC online)

El 30 de abril fue la fecha límite para la presentación del aviso de dictamen ante el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) de aquellos patrones que optaron por dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones en materia habitacional por el ejercicio 2007, ya que en el caso de años anteriores, pueden hacerlo en cualquier tiempo, de conformidad con los artículos 29, fracción VIII, segundo párrafo de la Ley del Infonavit, 54 y 55 del Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Infonavit.

Como hasta la fecha de cierre de esta edición siguen vigentes los Instructivos para la dictaminación de las obligaciones que la Ley del Infonavit y sus reglamentos imponen a los patrones y demás sujetos obligados y el para la dictaminación de las obligaciones que la Ley del Infonavit y sus reglamentos imponen a los patrones y demás sujetos obligados, así como para su integración y presentación vía electrónica a través de documentos digitalizados, del 26 de abril de 1999 y 21 de julio de 2004 respectivamente los patrones legalmente podrán presentar el aviso en comento a través de medios:

  • tradicionales o impresos, esto es utilizando la forma DI-01, aviso para presentar dictamen respecto del cumplimiento de las obligaciones que la Ley del Infonavit y sus reglamentos imponen a los patrones y demás sujetos obligados, el cual deberán presentar ante el Área de Fiscalización de la Delegación Regional del Infonavit, correspondiente a la ubicación de su centro de trabajo o, en su caso, en la Gerencia de Fiscalización del DF, o
  • electrónicos, es decir empleando el Sistema de Cumplimiento de Obligaciones Patronales (Sicop), supuesto donde el patrón o su representante legal tendrán que obtener su firma electrónica aplicable sólo a esta materia. Para tal efecto, deberán registrarse a tal sistema y recoger la firma en comento en la oficina de Fiscalización del Infonavit que le corresponda a su domicilio fiscal, presentando: la hoja ?Registro de Patrones en SICOP? generada por el sistema al momento de su registro, así como el original y copia simple de su poder notarial e identificación oficial y un disco de 3 ½?.

Posteriormente, los contadores públicos contratados por los patrones interesados requisitarán el aviso de dictamen en el Sicop, el cual será revisado y autorizado (firmado) electrónicamente por estos últimos.

Como respuesta, el sistema enviará un mensaje indicando la fecha de presentación del aviso, así como la fecha límite para la entrega del dictamen.

No obstante lo anterior, en la práctica el Instituto acepta, como único medio de presentación del aviso objeto de estudio, el electrónico, pues considera que facilita el proceso de presentación y revisión del dictamen de vivienda.