Presente los anexos del dictamen fiscal

Los patrones obligados a dictaminar sus estados financieros por contador público autorizado, deben presentar los anexos

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 .  (Foto: IDC online)

Según lo establecido en el artículo 29, fracción VIII de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) los patrones obligados a dictaminar sus estados financieros por contador público autorizado en atención a lo dispuesto en el artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación (CFF), deben presentar ante el Infonavit los anexos relacionados con las contribuciones referentes a las aportaciones patronales de vivienda (5%), esto es:

 

TIPO DE DICTAMEN ANEXOS A PRESENTAR
·         Estados financieros generales ·         régimen simplificado 5. Análisis comparativo de las subcuentas de gastos 6. Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor 11. Relación de contribuciones por pagar
·          Establecimientos permanentes 5. Análisis comparativo de las subcuentas de gastos 8. Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor 10. Relación de contribuciones por pagar
·         Donatarias 3. Análisis comparativos de gastos 5. Relación de contribuciones a cargo de la donataria como sujeto directo o en su carácter de retenedora 7. Relación de contribuciones por pagar
·         Bancos ·         grupos financieros ·         casas de bolsa ·         casas de cambio ·         aseguradoras y afianzadoras ·         intermediarios financieros no bancarios ·         sociedades de inversión de capitales ·         sociedades de inversión de renta variable 7. Análisis comparativo de las cuentas del Estado de Resultados 6. Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor 9. Relación de contribuciones por pagar
·         Sociedades controladoras y controladas 5. Análisis comparativo de las subcuentas de gastos 8. Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor 11. Relación de contribuciones por pagar

De acuerdo con la información de la página electrónica del Instituto: www.infonavit.gob.mx, los anexos deberán presentarse dentro de los 15 días hábiles siguientes a aquél en que se venza el plazo para presentarlo ante el SAT. Así, de acuerdo con la regla 2.9.15. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2007, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 25 de abril de 2007, atendiendo al primer caracter alfabético del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de la empresa, el período para presentar el dictamen fiscal ante el SAT, y por lo tanto, los anexos respectivos ante el Infonavit, es el siguiente:

 

PRIMER LETRA DEL RFC FECHA DE PRESENTACIÓN
SAT INFONAVIT
De la A a la F Del 19 al 21 de junio Del 20 de junio al 12 de julio
De la G a la O Del 22 al 26 de junio Del 25 de junio al 17 de julio
De la P a la Z y & Del 27 al 29 de junio Del 28 de junio al 20 de julio

Para la presentación de los anexos del dictamen fiscal los patrones deberán accesar al Sistema para el cumplimiento de obligaciones patronales (Sicop) y realizar lo siguiente:

? firmar electrónicamente el formato DI-03, Carta de Presentación;

? capturar los anexos referentes a las aportaciones patronales del 5%, y

? digitalizar y enviar como archivo adjunto en formato pdf, gif o jpg:

? la opinión y el informe presentado al SAT

? el acuse de recibo de la presentación del dictamen

El incumplimiento de esta obligación trae como consecuencia la imposición de una multa por el equivalente a: de tres a 150 veces el salario mínimo vigente en el DF, esto es, de $151.71 a $7,585.50 (artículos 6o, fracción XV y 19, inciso a) del Reglamento para la Imposición de Multas por Infracción a las disposiciones del Infonavit y sus Reglamentos).

Los patrones que no hubiesen tenido trabajadores a su cargo durante el 2006 deberán informar tal situación al Infonavit a través del Sicop.