Qué patrones están en la mira

Quienes se ubiquen en alguno de los supuestos mencionados pueden recibir una orden de visita domiciliaria o revisión de gabinete

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 .  (Foto: IDC online)

El Seguro Social, en su calidad de organismo fiscal autónomo, está posibilitado para ejercer sus facultades de comprobación con el fin de revisar si los patrones están cumpliendo con sus obligaciones en materia de seguridad social (art. 251, fracción XVIII de la LSS).

Al amparo de lo anterior, el titular de la Unidad de Fiscalización y Cobranza, licenciado Delfino Garibay Ochoa, mencionó en el XIII Foro Nacional de Especialistas en Seguridad Social celebrado en el Colegio de Contadores Públicos de México los pasados 3 y 4 de julio de 2007, que para aplicar los actos de fiscalización las autoridades del IMSS ponen especial atención en aquellos patrones que:

  • cuentan con más de 300 trabajadores y no se dictaminaron
  • presenten dictamen con opinión negativa, abstención o salvedad
  • tienen a su cargo diferencias derivadas de una revisión y éstas no han sido aclaradas o pagadas
  • omitieron registrarse en el Seguro Social e inscribir a sus trabajadores

Por lo anterior, los patrones deben considerar que si se ubican en alguno de los supuestos mencionados es muy probable que el IMSS les notifique una orden de visita domiciliaria o revisión de gabinete. En este sentido, es recomendable que los obligados cumplan con lo establecido en la LSS y sus Reglamentos y observen las exigencias de los mismos.