Certificados de incapacidad por RT

Certificados de incapacidad por RT

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 .  (Foto: IDC online)

Por la importancia que reviste la emisión de los certificados de incapacidad temporal para el trabajo, los cuales son los documentos legales que hacen constar el impedimento de un trabajador para laborar durante determinado tiempo, resulta conveniente tratar las precisiones relativas a los certificados expedidos con motivo de un riesgo de trabajo establecidas en el Reglamento de Prestaciones Médicas del IMSS (RPM), publicado en el Diario Oficial de la Federación del 30 de noviembre de 2006.

Por disposición expresa del numeral 153 del RPM, para que el médico de la División de Salud en el Trabajo le expida a un trabajador asegurado un certificado de incapacidad temporal para el trabajo, será necesario que la lesión o enfermedad le impida desempeñar su trabajo; de lo contrario le emitirá el ST-2, Dictamen por Alta por Riesgo de Trabajo o una nota o constancia en la que manifieste la aptitud del trabajador para prestar sus servicios de manera habitual.

Es importante señalar que en cualquiera de estos casos el asegurado deberá reintegrarse a su trabajo y realizar el trámite de calificación del riesgo a través de un familiar o fuera de su horario de labores.

Con lo anterior se favorece a la productividad de la empresa para la que labora el trabajador siniestrado, ya que sólo en caso de una disminución real en sus facultades físicas, que le impidan la realización de sus labores podrá ausentarse de las mismas para recuperarse.