Declaración de riesgos 2002

Declaración de riesgos 2002

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 .  (Foto: IDC online)

Tópicos jurídicos que toda empresa debe tomar en cuenta en el cumplimiento de esta importante obligación, cuyo plazo de presentación concluye el 28 de febrero próximo.

Ahora que las empresas están por cumplir con esta obligación, se considera oportuno recordar las disposiciones a aplicar para la elaboración y presentación de la declaración respectiva, contenidas en la Ley del Seguro Social (Ley) y el Reglamento para la Clasificación de Empresas y Determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo (Reglamento), por lo cual los editores de IDC elaboraron el siguiente esquema:

esquema

Modificaciones a la ley que afectarán la determinación de la prima en los ejercicios siguientes

Resulta importante destacar que si bien es cierto el artículo 72 de la Ley del Seguro Social recientemente reformado, señala que la prima mínima en el Seguro de Riegos de Trabajo será de 0.005, en tanto que el factor de prima "F" será de 2.3, el artículo Décimo Noveno Transitorio establece un sistema diferido para la entrada en vigor de estos factores de la siguiente manera:

Ejercicio 2002 Ejercicio 2003 Ejercicio 2004
Prima mínima 0.0031 0.0038 0.0044
Factor de prima "F" 2.7 2.5 2.3


Por lo anterior, para la prima derivada de la siniestralidad del ejercicio 2001 a presentar antes del 28 de febrero del 2002, se seguirá aplicando la fórmula con los datos de la ley antes de las modificaciones del 20 de diciembre de 2001.

El caso práctico para la determinación de la prima en este ramo de aseguramiento, lo encontrará en la Sección Contabilidad Fiscal de este mismo número.