Cuotas y aportaciones extemporáneas

Cuotas y aportaciones extemporáneas

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 .  (Foto: IDC online)

Procedimiento y caso práctico para calcular el monto de los gastos accesorios originados por no enterar oportunamente los créditos fiscales a favor de los Institutos de Seguridad Social.

Como las cuotas obrero patronales, aportaciones habitacionales y amortizaciones de créditos de vivienda se generan por mensualidad o bimestre vencido, según corresponda, los patrones están obligados a pagarlas a más tardar el día 17 del mes inmediato siguiente a su causación, de ahí que si lo hacen extemporáneamente además de cubrir la suerte principal, deberán liquidar la actualización y recargos correspondientes (artículos 39 y 40 de la Ley del Seguro Social, 35, 56 y Sexto Transitorio de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores).

Supletoriamente a la Leyes del Seguro Social y del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, los artículos 17-A y 21 del Código Fiscal de la Federación, señalan que la actualización se determina aplicando a la suerte principal, el factor de actualización, el cual se obtiene dividiendo el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) del mes anterior al más reciente (previo al que se efectuó el pago) entre INPC del mes anterior al más antiguo de dicho período (previo al que se debió pagar), y los recargos se calculan multiplicando el monto actualizado del adeudo por la tasa que resulte de sumar las tasas de recargos aplicables para cada uno de los meses transcurridos en el período de actualización.

Estas cantidades se generan a partir del día siguiente a aquel en que el adeudo omitido es exigible, como a continuación se cita:

Concepto
Actualización

CausaciónPor mes

ConceptoRecargos

CausaciónPor mes, o por la fracción transcurrida de mes, del día en que debió hacerse el pago hasta aquel en que este se efectúa                                                                       

Caso práctico

Supóngase que la empresa Centro de Negocios Empresariales, SA de CV no enteró las cuotas obrero patronales, aportaciones y amortizaciones de vivienda correspondientes a enero, febrero y primer bimestre de 2002, las cuales pagará el 5 de agosto, y por tanto desea conocer el importe de la actualización y recargos generados a dicha fecha.
Datos generales

Concepto Enero Febrero
Cuotas IMSS $13,929.98 $12,809.74
Más: Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez 14,098.33
Más: Aportaciones y Amortizaciones de vivienda 10,758.15
Igual: Total de cuotas adeudadas $13,929.98 $37,666.22
1. Determinación del monto de actualización de las cuotas del mes de enero

Concepto Sustitución
INPC del mes anterior al que se efectuó el pago (julio)* 100.204
Entre: INPC del mes anterior al que se debió pagar (enero)* 98.253
Igual: Factor de actualización 1.0198
Por: Cuotas IMSS adeudadas $13,929.98
Igual: Monto actualizado de cuotas 14,205.79
Menos: Cuotas IMSS adeudadas 13,929.98
Igual: Monto de actualización $275.81

Nota
* Índices conforme a la nueva base (segunda quincena de junio 2002=100)

2. Determinación del monto de recargos de las cuotas del mes de enero

Concepto Sustitución
Tasa de recargos del mes de:
Febrero 1.79%
Marzo 0.62%
Abril 2.22%
Mayo 1.29%
Junio 1.04%
Julio 1.67%
Igual: Tasa total de recargos del período 8.63%
Por: Monto actualizado de cuotas $14,205.77
Igual: Monto de recargos $1,225.96
3. Determinación del monto total a pagar en enero

Concepto Sustitución
Cuotas IMSS adeudadas $13,929.98
Más: Monto de actualización 275.81
Más: Monto de recargos 1,225.96
Igual: Monto total a pagar $15,431.75
4. Determinación del monto de actualización de las cuotas del mes de febrero

Concepto Sustitución Sustitución
INPC del mes anterior al que se efectuó el pago (julio)* 100.204 100.204
Entre: INPC del mes anterior al que se debió pagar (febrero)* 98.19 98.19
Igual: Factor de actualización 1.0205 1.0205
Por: Cuotas IMSS adeudadas $12,809.74 $14,098.33
Igual: Monto actualizado de cuotas 13,072.34 14,387.34
Menos: Cuotas IMSS adeudadas 12,809.74 14,098.33
Igual: Monto de actualización $262.60 $289.01

NOTA
* Índices conforme a la nueva base (segunda quincena de junio 2002=100)

5. Determinación del monto de recargos de las cuotas del mes de febrero

Sustitución
Concepto Mensual Bimestral
Tasa de recargos del mes de:
Marzo 0.62% 0.62%
Abril 2.22% 2.22%
Mayo 1.29% 1.29%
Junio 1.04% 1.04%
Julio 1.67% 1.67%
Igual: 6.84% 6.84%
Por: Cuotas IMSS adeudadas $13,072.34 $14,387.34
Igual: Monto de recargos $894.15 $984.09
6. Determinación del monto de actualización de las aportaciones del primer bimestre

Concepto Sustitución
INPC del mes anterior al se efectuó el pago (julio)* 100.204
Entre: INPC del mes anterior al se debió pagar (febrero)* 98.19
Igual: 1.0205
Por: Aportaciones Infonavit adeudadas $10,758.15
Igual: Monto actualizado de aportaciones 10,978.69
Menos: Aportaciones Infonavit adeudadas 10,758.15
Igual : Monto de actualización $220.54

Nota
* Índices conforme a la nueva base (segunda quincena de junio 2002=100)

7. Determinación del monto de recargos de las aportaciones del primer bimestre

Concepto Sustitución
Tasa de recargos del mes de:
Marzo 0.62%
Abril 2.22%
Mayo 1.29%
Junio 1.04%
Julio 1.67%
Igual: Tasa total de recargos del período 6.84%
Por: Aportaciones Infonavit adeudadas $10,978.69
Igual: Monto de recargos $750.94
8. Determinación del monto total a pagar por enero, febrero y primer bimestre

Concepto Enero Febrero Bimestral
Cuotas IMSS adeudadas $13,929.98 $12,809.74 $14,098.33
Más: Monto de actualización 275.81 262.6 289.01
Monto de recargos 1,225.96 894.15 984.09
Igual: Subtotal $15,431.75 $13,966.49 $15,371.43
Más: Aportaciones Infonavit adeudadas $10,758.15
Monto de actualización $220.54
Monto de recargos $750.90
Igual: Total a pagar $15,431.75 $13,966.49 $27,101.06

Conclusiones

Es importante considerar que los patrones obtienen estos cálculos en el Sistema Único de Autodeterminación ?previa captura de los INPC y tasas de recargos correspondientes?, sin embargo, es conveniente que esporádicamente verifiquen sean correctos.