CLIP para trámites ante las Afore

CLIP para trámites ante las Afore

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 .  (Foto: IDC online)

En términos del artículo 78 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afore) pueden prestar servicios de depósitos y retiros de las cuentas individuales a sus trabajadores registrados, a través de equipos y sistemas automatizados o de telecomunicaciones, y así facilitar dichos trámites al hacerlos confidenciales e inmediatos.

Esta implementación permitirá a las Empresas Operadoras de la Base de Datos Nacional SAR (BDNSAR), tener un mejor control de los procesos realizados por los titulares de las cuentas individuales.

De ahí, surge la necesidad de establecer un medio de identificación general para los trabajadores registrados, cuyo empleo pudiese hacer constar la creación, transmisión, modificación o extinción de derechos y obligaciones de los mismos trabajadores, inherentes a los servicios prestados por las Afore vía electrónica.

Para hacer posible lo anterior, la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) dio a conocer el pasado 22 de marzo, la Circular Consar 58-1 ?Reglas generales a las que deberán sujetarse las Administradoras de Fondos para el Retiro y las Empresas Operadoras de la BDNSAR respecto del proceso de solicitud, entrega, activación y recuperación de la Clave de Identificación Personal (CLIP)?, la cual tiene por objeto establecer, mediante disposiciones generales, los mecanismos que permitan el uso de las tecnologías de la información necesarias para los efectos mencionados.

Por la importancia que representa para los trabajadores y patrones, a continuación se presentan los pasos a seguir por los trabajadores para la obtención de la CLIP, instrumento con el que podrán realizar trámites electrónicos ante las Afore en la que estén registrados, mismos que surtirán todos los efectos legales.

Procedimiento de solicitud, validación, entrega y activación de la CLIP

Todo lo anterior, obedece a las Reglas de la Primera a la Cuadragésima, de la Circular Consar 58-1 en cita.

Finalmente, cabe comentar que atendiendo a ese mismo ordenamiento, las Empresas Operadoras de la Base de Datos Nacional SAR, deben tener desarrollada la página web SAR CLIP el próximo 20 de junio, en virtud de que todas las Reglas de la Circular 58-1 entrarán en vigor el 1o. de julio de 2005.