Tubería china de acero pagará cuotas compensatorias
La cuota compensatoria varía, según su origen y empresa de donde proceda
Comercio Exterior
La Secretaría de Economía (SE) concluyó el procedimiento de investigación en materia de prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios, de las importaciones de tubería de acero al carbono y aleada con costura longitudinal, de sección circular, cuadrada y rectangular; originaria de China, independientemente del país de procedencia.
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Por esas importaciones –definitivas y temporales–, se pagarán las cuotas compensatorias definitivas, en los siguientes términos, para las provenientes de:
- Huilitong, 0.506 dólares por kilogramo
- Huludao, 0.356 dólares por kilogramo
- United, 0.537 dólares por kilogramo, y
- Tangshan, Youfa Dezhong, Youfa Steel No. 1 y Youfa Steel No. 2 y de las demás exportadoras de China, 0.618 dólares por kilogramo
El producto investigado ingresa por las fracciones arancelarias 7306.19.99, 7306.30.01, 7306.30.99 y 7306.61.01; y se conoce comercialmente como tubo: redondo con costura; con costura; de acero al carbono, al carbón, al bajo carbono; soldadura por resistencia eléctrica (ERW); HSS; estructural; mecánico; PTR (perfil tubular rectangular); de conducción; cuadrado; rectangular; para pilotes; petrolero; ademe liso; ademe; ranurado; roscado; para agua; para gas; tubería de línea; y para columna de bomba.
Las cuotas se pagarán sobre el valor en aduana declarado en el pedimento.
Los importadores no pagarán dicha cuota compensatoria cuando comprueben que el país de origen de la mercancía es distinto a China.