Como se recordará el 9 diciembre de 2013 se reformó la Ley Aduanera (LA) para modernizar y agilizar el despacho de mercancías en importación y exportación, mediante la facilitación de las operaciones de comercio exterior, por medio de la simplificación y eliminación de procesos para el despacho; e incluso la creación de una nueva forma de auditar a los contribuyentes, esto es vía electrónica.
LEE: AGENTE ADUANAL, CASI A UN CENTENARIO DE SU ANIVERSARIO
De esa reforma también destaca la desaparición de la obligación de utilizar los servicios de un agente aduanal para el despacho, y se permitió que los contribuyentes realizaran sus operaciones de comercio exterior con un representante legal acreditado por el SAT, esto es a través del despacho directo.
Pues bien, a cuatro años de ello, el SAT reformó dicha Ley Aduanera, la cual entrará en vigor a partir del 22 de diciembre de 2018 –salvo los casos establecidos al efecto–, y en la que incluyó un nuevo esquema que compete al despacho aduanero, y la figura de “agencia aduanal”.
Se trata de una persona moral, conformada por al menos un agente aduanal, que podrá realizar el despacho de las mercancías de comercio exterior en nombre y por cuenta del importador o exportador, en los términos y las condiciones previstos en la LA.
El SAT tendrá un año para dar a conocer las reglas de carácter general en las que establecerá los mecanismos, las formas y los medios a utilizar por las agencias aduanales en la importación y exportación de mercancías y demás operaciones en esta materia (arts. 167-D, 167-E, 167-I y 167-H y Cuarto, Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones a la LA, DOF del 25 de junio de 2018).