Investigación antidumping a las bobinas de papel aluminio
Se acepta investigar por prácticas desleales al comercio internacional a otro de los productos importados de China
Comercio Exterior
La Secretaría de Economía (SE) publicó en el DOF del 28 de agosto de 2018 una resolución en la que decidió aceptar la solicitud de parte interesada y declara el inicio de la investigación antidumping a las importaciones de bobinas de papel aluminio originarias de China, independientemente del país de procedencia.
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El producto investigado ingresa al país por la fracción arancelaria 7607.11.01, o por cualquier otra; se trata de las bobinas de papel aluminio para uso doméstico o industrial de espesor igual o menor a 0.080 milímetros (mm), sin soporte, simplemente laminadas, con diámetro externo igual o mayor a 100 mm y con peso mayor a 5 Kg. (foil de aluminio).
La mercancía es conocida como foil; foil de aluminio; foil de aluminio industrial, para alimentos, para empaque, y para uso doméstico; foil natural; y papel aluminio.
La solicitud de inicio de investigación se llevo a cabo por una empresa –cuya actividad principal es la transformación industrial del aluminio en productos elaborados o semielaborados–, quien manifestó que las importaciones de ese producto originario de China se están realizando en condiciones de discriminación de precios y están causando un daño importante a la rama de producción nacional y amenazan con causar aún más daño en forma inminente si no se imponen cuotas compensatorias; y propuso los periodos de investigación y de análisis los comprendidos del 1o. de enero de 2017 al 31 de diciembre de 2017; y del 1o. de enero de 2015 al 31 de diciembre de 2017, respectivamente.