Proyecto de NOM en energía
La NOM-039-NUCL-2018 contemplará excepciones de aplicación para algunas operaciones de comercio exterior, las cuales entrarán en vigor una vez que se publique en el DOF
Comercio Exterior
La Secretaría de Energía (SENER) dio a conocer el PROY-NOM-039-NUCL-2018, el 15 de noviembre de 2018.
De aprobarse este proyecto de Norma Oficial Mexicana establecería los criterios para la exención de prácticas y fuentes de radiación ionizante de alguna o todas las condiciones reguladoras.
Aplicaría a prácticas, fuentes de radiación ionizante contenidas en productos de consumo y fuentes de radiación ionizante adscritas a prácticas que por sus características puedan quedar exentas de todos o parte de los controles reguladores establecidos por la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias (CNSNS).
En materia de comercio exterior, quedarían fuera del alcance de la NOM, entre otras las siguientes operaciones:
- importación o exportación de fuentes de radiación ionizante, o
- importación o exportación de radiofármacos
Esta regulación energética entraría en vigor a los 60 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de norma como definitiva, y derogaría la NOM-039-NUCL-2011 del 26 de octubre de 2011.